

Según el último informe del Ministerio de Trabajo y Economía Social señaló que en septiembre del 2022 se registraron 20,18 millones de afiliados en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que supuso un incremento del 0,15% en comparación con el mes anterior. Con respecto al mismo mes del año anterior, la variación fue de 3,32%.

En este sentido, el SEPE brinda una serie de beneficios económicos para los diferentes grupos de parados. En su página web oficial, la entidad ha aclarado las alternativas que tienen los beneficiarios en caso de que no puedan acceder.
SEPE | ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir para acceder?
Las personas tienen que cumplir una serie de requisitos para recibir los subsidios. Entre ellos son:
-Deben estar anotados como solicitantes de empleo;
-Suscribir el compromiso de actividad con el SEPE;
-No tener rentas que alcancen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (en caso de unidad familiar se suman todos los ingresos y se dividen entre el número de miembros);

Subsidio extraordinario por desempleo
El subsidio está habilitado para las personas que no pueden acceder a las prestaciones de nivel contributivo o asistencial. Su duración es de seis meses.
Subsidio por mejora de incapacidad
La ayuda económica es para aquellos que fueron declaradas incapacitadas para realizar cualquier tipo de actividad tras una mejora de su estado después de una visita al tribunal médico. Su duración máxima es de 18 meses en periodos de seis, prorrogables.
¿Cuáles son los requisitos?
-Estar desempleado
-Anotarse como solicitante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de la resolución del documento de revisión de mejoría, estar inscripto un mes como demandante de trabajo y suscribir el compromiso de actividad;
-No haber rechazado oferta de colocación adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales desde la inscripción como demandante de empleo;
-No tener rentas de cualquier tipo, alcanzando al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año);

¿Qué documentación deben presentar?
-Documento de identidad (DNI);
-Cualquier documento bancario que muestre el número de cuenta de la que sea titular y donde quiera recibir la prestación;
-Fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejoría.
Solamente si la entidad gestora lo solicita, justificante de rentas.
Subsidio para mayores de 52 años
Está dirigido para aquellas personas mayores de 52 años que estén en situación de desempleo. El cobro de este subsidio se cobra hasta que tenga la edad de jubilación.
¿Cuáles son los requisitos?
Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos para acceder al beneficio:
-No tener trabajo;
-No contar con la condición de persona trabajadora fija discontinua;
-Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio;
-Haber usado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo;
-Tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años;
-Haber recibido el desempleo al menos durante seis años en su vida laboral;
¿Qué documentación deben presentar?
-La inscripción como demandante de empleo en el servicio autonómico, -aunque si se es residente de Ceuta o Melilla, hay que inscribirse en el SEPE;
-Declarar que no alcanzan los límites de rentas;
-Datos personales;
-El servicio está habilitado solo los días hábiles, de lunes a viernes, desde las 8 hasta las 20 horas;

Subsidio para liberados de prisión
Los solicitantes de este subsidio pueden recibirlo aquellos que dejan la cárcel al menos por 18 meses.
¿Cuáles son los requisitos?
-Los solicitantes deberán tener en cuenta los siguientes requisitos:
-No tener trabajo;
-Inscribirse como demandante de empleo en el tiempo de un mes desde la excarcelación, permanecer inscrito o inscrita durante un mes, suscribir el compromiso de actividad y mantener la inscripción durante todo el periodo de duración del subsidio;
-No haberse negado a la oferta de colocación adecuada;
-No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo;
-Estar fuera de prisión, siempre que la privación de libertad haya sido por un tiempo superior a seis meses;
-No contar con rentas que lleguen al 75 % del salario mínimo interprofesional
¿Qué documentación deben presentar?
Los demandantes deberán presentar la siguiente documentación:
-Modelo oficial de solicitud;
-Españolas y españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte;
-Extranjeras y extranjeros residentes en España:
- Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
- No nacionales de la Unión Europea:Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.
-Documentación bancaria que compruebe el número de cuenta del titular y donde quiera recibir el respaldo económico;
-Certificado de la Dirección del Centro Penitenciario, en la que figure excarcelación por cumplimiento de condena o libertad condicional, así como las fechas de ingreso en prisión y de excarcelación;
-Documento de la compañía en el caso de haber trabajado durante su situación de privación de libertad, en el supuesto de que no se encuentre en las bases de datos del Servicio Público de Empleo.
Subsidio para emigrantes retornados
El subsidio es para aquellos es para los emigrantes que volvieron de otros países en los que han realizado actividades siempre que no tengan derecho a la prestación contributiva por haber cotizado por desempleo menos de 360 días en los 6 años anteriores a su salida de España.
¿Cuáles son los requisitos?
Los demandantes de esta prestación deberán tener en cuenta estos requisitos:
-Ser persona desempleada.
-Ser persona trabajadora española emigrante retornada de países no pertenecientes a la Unión Europea , Espacio Económico Europeo o Suiza;
-Estar anotado durante un mes como demandante de empleo. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de duración del subsidio;
-Suscribir el compromiso de actividad;
-Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza;
-No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo por cotizaciones que tuviera acumuladas en los seis años anteriores a su salida de España;
-No tener rentas que pasen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional.
¿Qué documentación deben presentar?
-Solicitud
-Comprobar la cantidad hijos que son responsables, exhibición de documentos;
-Españolas y españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte;
-Comprobante bancario que muestre el número de cuenta y titular donde quiera la prestación;
-Certificado de persona emigrante retornada expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno en el que conste:
- Fecha de regreso
- El tiempo trabajado en el país extranjero,
- El período de ocupación cotizada, en su caso,
- El interesado no puede acceder a ayudas por desempleo en dicho país
- Si se lo piden en la oficina de empleo tendrá que mostrar un justificante de rentas.












