Jubilación anticipada

Seguridad Social: los adultos mayores que ya tengan 63 años podrán jubilarse si cumplen con este requisito

Los cambios en la normativa de 2025 permiten acceder a la jubilación anticipada a los 63 años si se cumplen ciertos requisitos de cotización y se asumen penalizaciones en la pensión.

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En 2025, la Seguridad Social introduce cambios que afectan a la jubilación anticipada voluntaria en España. Los adultos mayores de 63 años podrán acogerse a esta modalidad si cumplen con un requisito clave relacionado con los años cotizados. 

Estos cambios responden a la necesidad de adaptar el sistema de Seguridad Social a la realidad demográfica actual, donde la esperanza de vida ha aumentado considerablemente. Por ello, se han establecido criterios específicos que regulan la edad de jubilación, los años de cotización requeridos y las penalizaciones aplicables para quienes decidan adelantar su retiro laboral.

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Cuál es el requisito para la jubilación anticipada de mayores de 63 años

Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria en 2025, las personas interesadas deberán haber cotizado un mínimo de 38 años y tres meses a lo largo de su vida laboral. En caso de no alcanzar este umbral, la edad mínima para la jubilación se incrementa hasta los 64 años y 8 meses.

Los coeficientes reductores varían según los años cotizados y el tiempo de adelanto de la jubilación. (Foto: archivo)

Este requisito se enmarca en la normativa derivada de la ley de Zapatero de 2011, que establece una progresión gradual en la edad de jubilación hasta 2027. Además, quienes opten por adelantar su retiro deberán asumir penalizaciones económicas, conocidas como coeficientes reductores, que afectan directamente al importe final de la pensión. 

Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria en 2025, las personas interesadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Años cotizados: tener un mínimo de 38 años y tres meses cotizados a lo largo de la vida laboral.

  2. Edad mínima: en caso de no alcanzar este umbral, la edad mínima para la jubilación se incrementa hasta los 64 años y 8 meses.

  3. Cotización reciente: al menos dos de los últimos 15 años deben haber sido cotizados de forma activa.

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Seguridad Social: las penalizaciones para la jubilación anticipada

Estas penalizaciones se aplican en forma de coeficientes reductores sobre la pensión final y varían en función de dos factores: los años cotizados y la cantidad de meses que se adelante la jubilación.

Las penalizaciones pueden llegar hasta el 21% en función del periodo de cotización y la anticipación de la jubilación. (Foto: archivo)
  • Período cotizado de menos de 38 años y 6 meses: la reducción puede llegar hasta el 21% si se adelanta la jubilación 24 meses.

  • Período cotizado entre 38 años y 6 meses e inferior a 41 años y 6 meses: la penalización es del 19% para un adelanto de 24 meses.

  • Período cotizado entre 41 años y 6 meses e inferior a 44 años y 6 meses: la reducción es del 17% si se adelanta la jubilación 24 meses.

  • Período cotizado igual o superior a 44 años y 6 meses: la penalización es más baja, alcanzando el 13% para un adelanto de 24 meses.

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