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El complemento a mínimos es una ayuda económica que se añade a la pensión contributiva para garantizar que alcance la cuantía mínima establecida por ley. Sin embargo, este beneficio está sujeto a condiciones específicas.

Si un pensionista supera el umbral de ingresos fijado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede retirarlo, reduciendo así la cantidad que percibe mensualmente.

En España, más de dos millones de pensionistas reciben este complemento, de los cuales 1,2 millones corresponden a pensiones de jubilación. Para 2025, el importe medio del complemento es de 308,86 euros mensuales, permitiendo que quienes perciben pensiones bajas alcancen el mínimo establecido. Sin embargo, esta ayuda no es consolidable y se revisa anualmente en función de los ingresos declarados.

¿Cuándo puede la Seguridad Social reducir la pensión mínima?

La reducción ocurre cuando el beneficiario percibe ingresos adicionales que, sumados a su pensión, superan el umbral fijado en los Presupuestos Generales del Estado.

La normativa establece que estos complementos buscan garantizar un nivel mínimo de ingresos, por lo que dejan de abonarse si el pensionista obtiene rentas del trabajo, capital, actividades económicas o ganancias patrimoniales que excedan los límites permitidos.

En estos casos, el pensionista debe informar a la Seguridad Social, ya que la ayuda se revisa anualmente y suprimirse durante el ejercicio en que se superen los ingresos permitidos. No se considera la propia pensión dentro de este cálculo, pero sí cualquier otra fuente de ingresos.

¿Qué requisitos deben cumplirse para mantener el complemento a mínimos?

Para seguir percibiendo esta ayuda, el pensionista debe cumplir tres condiciones principales. En primer lugar, la pensión contributiva reconocida debe ser inferior al mínimo legal vigente.

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En segundo lugar, la persona debe residir de forma habitual en España, salvo excepciones contempladas en acuerdos internacionales. Por último, los ingresos anuales no pueden superar los 9193 euros si el pensionista no tiene cónyuge a cargo, o los 10.723 euros si lo tiene.

Si el pensionista incumple alguno de estos requisitos, el complemento a mínimos se retira, reduciendo la cuantía mensual de su pensión. Dado que la revisión es anual, en caso de volver a cumplir con los criterios establecidos, podría recuperarse en ejercicios posteriores.