

La campaña de la Renta 2022-23 ha iniciado esta semana en toda España. Precisamente, desde el 11 de abril los contribuyentes podían comenzar a realizar sus presentaciones. Ya lo han hecho más de dos millones.
Sin embargo, es conveniente que no te des prisa para enviar tu declaración. Al menos, no sin revisar todas las deducciones que puedes aplicar para pagar menos impuestos. Uno de los casos tiene que ver con el coche, en caso de que lo tengas.
Algunas de estas deducciones son las que conciernen a los gastos por comprar un vehículo. El Real Automóvil Club de España (RACE) ha detallado en su blog, por estos días, las principales que debes conocer.

Declaración de la Renta: cuánto puedes deducir de la compra de un coche nuevo
El RACE ha explicado que si tienes un coche propio y trabajas por cuenta ajena, lo normal es que no tengas que hacer constar la compra de un coche nuevo porque no lo podrás desgravar.
Sin embargo, hay unas excepciones por minusvalía y familia numerosa:
Minusvalía igual o superior al 33%
Tanto el conductor o un familiar directo a cargo (siempre que la matrícula esté a su nombre), con minusvalía en relación con movilidad, pueden deducir hasta el 4% del IVA, con la condición de que no se haya solicitado una deducción de 4 años para otro vehículo.
Además, están exentos de pagar el impuesto de matriculación y el impuesto de circulación (IVTM).
Familias numerosas
Pueden deducir hasta un 50% en el impuesto de matriculación, siempre que el coche esté a nombre de los progenitores y no se haya solicitado una deducción de 4 años para otro vehículo. En el caso del IVA, no tiene reducción.
Renta: qué sucede con los trabajadores autónomos
En este caso el RACE realiza una distinción entre "profesionales relacionados con el transporte" (como taxistas o transportistas) y otros autónomos.
Esto debido a que las ventajas fiscales que se les aplican por la adquisición de un vehículo no son las mismas. Los autónomos que utilizan el vehículo para el desempeño de su actividad laboral pueden desgravar hasta el 100% del IVA en los gastos, incluidos los del carburante, siempre que el coche esté a su nombre.

En el caso de los autónomos cuyo trabajo no está relacionado con el transporte, pero sí utilizan el vehículo para trabajar, pueden deducirse hasta el 50% de las cuotas de amortización, intereses e IVA, y los gastos derivados de carburantes.












