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Tener una cuenta compartida con un familiar o con la pareja es una práctica frecuente en España, pero esa situación cambia de forma drástica cuando uno de los titulares muere.

En ese escenario, el acceso al dinero ya no queda automáticamente en manos del superviviente, ya que una parte de los fondos puede quedar bloqueada hasta que intervengan los herederos.

La advertencia cobra especial relevancia para quienes creen que una cuenta conjunta permite operar con total libertad en cualquier circunstancia.

Según la aclaración difundida por el Banco de España, el fallecimiento de uno de los titulares modifica el régimen de disposición del saldo y limita la posibilidad de retirar efectivo o mover los fondos sin autorización expresa.

En concreto, el organismo explica que, si se trata de una cuenta conjunta, los demás titulares no pueden disponer libremente del dinero una vez que uno de ellos fallece. Para hacerlo, necesitan el consentimiento de todos los herederos del titular muerto, lo que puede generar demoras y conflictos si no existe acuerdo entre las partes.

El BdE advierte a los titulares de una cuenta bancaria conjunta que si uno fallece el otro no podrá sacar dinero sin los herederos (foto: archivo).

Esa restricción puede afectar de lleno la economía cotidiana del superviviente, sobre todo si utilizaba esa cuenta para gastos habituales o para acceder a sus ahorros. En algunos casos, incluso el dinero depositado puede quedar parcialmente paralizado hasta que se aclare qué parte correspondía a cada titular.

¿Qué diferencia hay entre una cuenta conjunta y una cuenta indistinta?

El Banco de España distingue con claridad entre la cuenta conjunta y la cuenta indistinta, dos modalidades que muchas veces se confunden.

En la cuenta conjunta, para realizar operaciones hace falta la conformidad de todos los titulares, de modo que tras el fallecimiento de uno de ellos el dinero no puede moverse sin la autorización de sus herederos.

En cambio, en la cuenta indistinta el funcionamiento es distinto. En ese tipo de cuenta, cualquiera de los titulares puede seguir disponiendo del dinero incluso después de la muerte de uno de ellos. Esa posibilidad da más margen de actuación al superviviente, aunque también implica un mayor riesgo, ya que uno de los cotitulares puede usar los fondos sin el visto bueno del otro.

Fuente: Shutterstock
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La diferencia entre ambas figuras resulta clave para evitar sorpresas. Muchas personas descubren recién tras un fallecimiento que no podrán acceder al saldo como creían, pese a figurar como titulares en la misma cuenta bancaria.

¿Qué ocurre si no hay acuerdo con los herederos?

Si no existe entendimiento con los herederos del titular fallecido, el otro cotitular no podrá sacar dinero ni acceder libremente a los fondos depositados en la cuenta conjunta.

En la práctica, eso implica que una parte del saldo queda bloqueada y que los ahorros pueden quedar fuera de su alcance hasta que la situación se resuelva.

Aun así, el banco puede permitir determinados movimientos muy concretos. Entre ellos, el pago de recibos de suministros que ya estuvieran previamente ordenados, siempre que no haya una oposición formal. Fuera de esos casos, el margen de actuación queda muy limitado.

Por eso, la recomendación es comunicar cuanto antes el fallecimiento a la entidad bancaria. Ese paso permite ordenar la situación, reducir el riesgo de problemas legales y evitar disputas futuras, sobre todo cuando parte del dinero depositado correspondía a la persona fallecida.