

Realizar obras en una vivienda suele asociarse a molestias, presupuesto ajustado y semanas de gestión. Sin embargo, cuando la reforma mejora la eficiencia energética del inmueble, el incentivo no se limita al confort o al ahorro en la factura de energía. También puede convertirse en una rebaja directa en la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria mantiene una deducción específica en el IRPF por obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda. En uno de sus tramos principales, los propietarios pueden deducirse hasta un 40% de las cantidades invertidas, siempre que la reforma cumpla determinados requisitos técnicos y que la mejora quede acreditada mediante el certificado de eficiencia energética correspondiente.

Cómo funciona la deducción del 40% en el IRPF por obras de eficiencia energética
Esta deducción se aplica a reformas que logren una mejora real en el rendimiento energético de la vivienda. En concreto, las actuaciones deben conseguir una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable o permitir que el inmueble alcance una calificación energética A o B después de la obra.
Por tanto, no basta con sustituir un elemento puntual de la vivienda. La mejora debe reflejarse en la medición oficial del inmueble y quedar recogida en el certificado de eficiencia energética emitido tras finalizar la reforma. Solo así se puede acreditar que la actuación cumple con los requisitos establecidos por Hacienda.
En cuanto a los límites económicos, la normativa fija una base máxima anual de 7500 euros sobre la que se calcula la deducción. Sobre esa cantidad se puede aplicar el 40% en el IRPF, lo que permite reducir de forma significativa la factura fiscal del contribuyente si cumple con todas las condiciones.
Además, esta deducción forma parte de un régimen temporal aprobado para impulsar la rehabilitación energética de viviendas. Las obras deben haberse realizado entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025, según detalla la información oficial de la Agencia Tributaria.
Qué obras permiten aplicar la deducción y en qué viviendas puede utilizarse
La deducción por obras de eficiencia energética en el IRPF está pensada principalmente para la vivienda habitual del contribuyente. No obstante, también puede aplicarse a otra vivienda de su propiedad que esté alquilada como vivienda o que se encuentre en expectativa de alquiler, siempre que se respeten los plazos establecidos por la normativa fiscal.
Este punto resulta especialmente relevante para propietarios que realizan mejoras energéticas en inmuebles destinados al mercado del alquiler. Si se cumplen los requisitos exigidos por Hacienda, también podrán beneficiarse de la deducción.
La normativa, sin embargo, establece límites claros sobre qué gastos pueden incluirse en la base de la deducción. No se consideran deducibles las obras realizadas en plazas de garaje, trasteros, jardines, piscinas, parques o instalaciones deportivas, ni tampoco las partes de la vivienda que estén destinadas a una actividad económica.
Conocer estas restricciones es clave para evitar errores al calcular la base deducible en el IRPF y para asegurarse de que las cantidades declaradas cumplen con los criterios fijados por la Agencia Tributaria.
Qué documentación exige Hacienda para aplicar la deducción
El requisito fundamental para aplicar esta deducción es acreditar la mejora mediante un certificado de eficiencia energética. La Agencia Tributaria exige disponer de un certificado emitido por técnico competente antes del inicio de las obras y otro posterior que refleje la mejora energética conseguida tras la reforma.
El certificado previo puede haberse emitido hasta dos años antes del inicio de la obra, mientras que el certificado final debe demostrar que se ha alcanzado la reducción de consumo energético exigida por la normativa.

Además, el momento en el que se aplica la deducción también es importante. Hacienda indica que debe practicarse en el periodo impositivo en el que se emite el certificado energético posterior a la obra, ya que este documento es el que acredita oficialmente la mejora.
El esquema temporal de esta deducción vincula el incentivo a cantidades satisfechas por obras realizadas entre 2021 y 2025, siempre que el contribuyente disponga de la documentación técnica que acredite la mejora energética obtenida en la vivienda.














