

El permiso de conducir está sujeto a un sistema de puntos que busca premiar los buenos comportamientos al volante y penalizar aquellas conductas que pueden poner en riesgo la seguridad vial. Este modelo lleva dos décadas vigente en España y se aplica por igual a los conductores de Madrid, Barcelona, Valencia y del resto del territorio nacional.
A lo largo de estos años, la normativa ha ido endureciendo las consecuencias para determinadas conductas consideradas especialmente peligrosas. Las sanciones pueden implicar una importante pérdida de puntos y pueden terminar con la pérdida del permiso de conducir. La legislación establece además qué controles pueden realizar los agentes y en qué circunstancias los conductores están obligados a someterse a determinadas pruebas.
El artículo 21 del Reglamento fija cuándo pueden realizarse los controles
El artículo 21 del Reglamento General de Circulación establece los supuestos en los que los conductores y otros usuarios de la vía deben someterse a las pruebas de detección de alcohol. Entre ellos se encuentran quienes estén implicados directamente en un accidente, quienes presenten síntomas que permitan presumir una intoxicación, quienes hayan cometido determinadas infracciones o quienes sean requeridos dentro de controles preventivos.
Esta regulación se enmarca en las medidas destinadas a detectar y sancionar conductas que pueden comprometer la seguridad de todos los usuarios de la carretera.

Cuándo se pierde definitivamente el permiso de conducir
La pérdida del carnet no se produce simplemente por recibir una multa o por ser sometido a uno de estos controles. El procedimiento de pérdida de vigencia se activa cuando el conductor agota su saldo de puntos y llega a cero. En ese momento, la DGT inicia la tramitación correspondiente y el interesado dispone de un plazo para presentar alegaciones.
Si la pérdida de vigencia se confirma, el conductor debe entregar el permiso y deja de estar autorizado para conducir. Para volver a obtenerlo deberá cumplir los requisitos establecidos, entre ellos realizar el correspondiente curso de sensibilización y reeducación vial y superar la prueba prevista por la normativa.

Las infracciones que pueden hacer perder hasta 6 puntos
Alcohol y drogas: multas de hasta 1000 euros
- Alcohol de 0,25 a 0,50 mg/l: 500 euros y 4 puntos.
- Alcohol de más de 0,50 mg/l: 1000 euros y 6 puntos.
- Profesionales y noveles, de 0,15 a 0,30 mg/l: 500 euros y 4 puntos.
- Profesionales y noveles, más de 0,30 mg/l: 1000 euros y 4 puntos.
- Drogas: 1000 euros y 6 puntos.
- Negarse a las pruebas: 1000 euros y 6 puntos.
Móvil, cinturón y conducción peligrosa: hasta 6 puntos
- Móvil en la mano: 200 euros y 6 puntos.
- Sin cinturón o sistema de retención: 200 euros y 4 puntos.
- Stop, ceda el paso o semáforo en rojo: 200 euros y 4 puntos.
- Adelantamiento peligroso: 200 euros y 4 puntos.
- Conducción temeraria: 500 euros y 6 puntos.
- Circular en sentido contrario: 500 euros y 6 puntos.
- Carreras no autorizadas: 500 euros y 6 puntos.
Exceso de velocidad: hasta 600 euros
- Sin pérdida de puntos: 100 euros.
- Pérdida de 2 puntos: 300 euros.
- Pérdida de 4 puntos: 400 euros.
- Pérdida de 6 puntos: 500 euros.
- Supuestos más graves: hasta 600 euros.














