

Los pensionistas que cobran una pensión no contributiva de jubilación o invalidez y viven de alquiler pueden acceder a una ayuda de 525 euros anuales para hacer frente al coste de la vivienda. La prestación está dirigida a quienes no disponen de una vivienda en propiedad y utilizan el inmueble arrendado como residencia habitual.
La ayuda, gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), exige además que el contrato de alquiler tenga una duración mínima de un año y que el beneficiario haya residido en esa vivienda durante al menos 180 días antes de presentar la solicitud. El organismo dispone de un plazo de tres meses para resolver cada petición.
¿Qué requisitos deben cumplir los pensionistas para recibir los 525 euros?
Para acceder a esta ayuda, el pensionista debe ser titular de una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, carecer de una vivienda en propiedad y acreditar que la vivienda alquilada constituye su residencia habitual.
El contrato de arrendamiento debe tener una vigencia mínima de un año. Además, el solicitante debe haber vivido en ese inmueble durante un periodo mínimo de 180 días antes de la fecha en la que presenta la solicitud.

Otro de los requisitos está relacionado con el propietario de la vivienda. El pensionista no puede tener una relación conyugal ni de parentesco hasta el tercer grado con el casero. Esta condición incluye vínculos como los existentes entre padres e hijos, abuelos y nietos, hermanos, tíos y sobrinos, entre otros.
Tampoco puede existir una relación afectiva estable entre el beneficiario y el propietario del inmueble. El objetivo es garantizar que el alquiler corresponde a una vivienda utilizada como residencia habitual bajo las condiciones establecidas para esta prestación.
¿Cuándo se cobra la ayuda de 525 euros y cuánto tarda el Imserso en resolver?
El Imserso tiene un plazo de tres meses desde la presentación de la solicitud para comunicar si concede o deniega la ayuda. En caso de aprobación, los 525 euros se abonan en un único pago.
El pago debe realizarse antes del 31 de diciembre del año en curso. Si esto no fuera posible, el abono puede efectuarse durante el primer semestre del año siguiente, según las condiciones establecidas para la prestación.
La ayuda está destinada a pensionistas con menores ingresos, ya que las pensiones no contributivas tienen una cuantía inferior a otras prestaciones del sistema. Para quienes deben afrontar un alquiler sin disponer de una vivienda propia, estos 525 euros anuales suponen una ayuda específica para reducir parte del gasto asociado a la vivienda.
Durante el último año analizado, se concedieron más de 22.000 ayudas de este tipo sobre unas 27.000 solicitudes, según los datos difundidos sobre esta prestación. Cataluña, Andalucía, Madrid, Galicia y la Comunidad Valenciana concentraron una parte importante de los beneficiarios.












