

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratificó el despido disciplinario de un trabajador que dejó de asistir a su puesto durante 17 días laborales después de recibir el alta médica.
El empleado argumentó que no se enteró de la notificación porque tenía el correo acumulado mientras cuidaba a su madre enferma. La Justicia concluyó que la ausencia respondió a una negligencia personal y no a una responsabilidad de la empresa.
El caso se originó tras la baja médica del trabajador por depresión en noviembre de 2024, situación vinculada a un grave problema de salud de su madre.
La incapacidad temporal finalizó el 11 de diciembre de ese mismo año, pero el empleado no regresó a su puesto durante casi un mes natural. Ante esta situación, la empresa intentó comunicarse con él en varias ocasiones sin obtener respuesta.
La compañía decidió enviar un burofax en el que solicitó explicaciones por la ausencia injustificada desde el 12 de diciembre. El trabajador recibió la comunicación y presentó alegaciones en las que explicó que su teléfono se había averiado y que, al atender a su madre, no revisó el correo postal donde se encontraba la notificación del alta médica.
¿Qué argumentos presentó el trabajador para justificar su ausencia?
En su defensa, el empleado explicó que atravesaba una situación personal compleja. Señaló que su baja médica estuvo motivada por la necesidad de cuidar a su madre, quien atravesaba un grave problema de salud que requería atención permanente.

También sostuvo que su teléfono móvil dejó de funcionar durante ese periodo, motivo por el cual no recibió las llamadas de la empresa. Además, indicó que utilizaba el teléfono de su madre de forma ocasional, lo que dificultó el contacto.
El trabajador agregó que la acumulación de correspondencia en el domicilio le impidió advertir la notificación del alta médica enviada por correo. En su escrito, recordó que llevaba varios años trabajando en la empresa sin sanciones ni conflictos laborales y solicitó que la empresa reconsiderara la sanción o aplicara una medida menos severa.
¿Por qué la Justicia consideró procedente el despido?
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias respaldó la decisión de la empresa y confirmó la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social número 5 de Oviedo. La magistrada consideró probado que el trabajador recibió correctamente la notificación del alta médica.

La resolución subraya que el propio empleado reconoció que el correo se acumuló en su domicilio. Según el tribunal, ese hecho demuestra que la notificación llegó correctamente y que el desconocimiento alegado se debió a una falta de diligencia personal.
Además, la sentencia destaca que el trabajador tenía conocimiento de su obligación de reincorporarse al menos desde el 23 de diciembre de 2024. A pesar de ello, no manifestó intención de volver a su puesto ni ofreció una justificación documental que respaldara su ausencia durante 17 días laborales. Por ese motivo, la Justicia concluyó que el despido disciplinario fue proporcional y ajustado a derecho.









