La jubilación anticipada vuelve a ampliarse en España. El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que incorpora 11 nuevas enfermedades al listado que permite acceder a la jubilación anticipada por discapacidad.
Según informó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la medida beneficiará a unas 50.000 personas con una discapacidad igual o superior al 45%, que podrán jubilarse a partir de los 56 años sin sufrir una reducción en la cuantía de la pensión por motivo de su enfermedad.
La reforma amplía la protección para trabajadores afectados por patologías graves y modifica el anexo de enfermedades que permiten acceder a esta modalidad especial de jubilación.
Estas son las 11 nuevas enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada
El nuevo real decreto incorpora once nuevas patologías al listado de enfermedades que permiten solicitar la jubilación anticipada por discapacidad.
Las enfermedades incluidas son:
- Espina bífida.
- Amiloidosis por transtiretina variante.
- Enfermedad de Parkinson.
- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert).
- Enfermedad de Huntington.
- Esclerosis sistémica.
- Lesión medular.
- Degeneración corticobasal.
- Atrofia multisistémica.
- Parálisis supranuclear progresiva.
- Enfermedad renal crónica estadio G5.
Con esta ampliación, más personas podrán acogerse a un régimen especial diseñado para quienes desarrollan enfermedades que reducen de forma significativa su capacidad laboral.
Qué requisitos exige la Seguridad Social para acceder a la jubilación anticipada
La incorporación de nuevas enfermedades no implica un acceso automático a la jubilación anticipada. Los trabajadores deberán cumplir una serie de condiciones establecidas en el real decreto.
Entre los requisitos figura encontrarse en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
Además, será necesario acreditar 15 años de cotización y demostrar que, durante al menos cinco años, la persona ha estado afectada por alguna de las enfermedades incluidas en el listado con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
En estos supuestos, el tiempo en que se reduzca la edad ordinaria de jubilación computará como período cotizado para calcular el importe de la pensión.
Cómo afecta la nueva medida al importe de la pensión
Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es que la jubilación anticipada por discapacidad no supondrá una penalización en el cálculo de la prestación por haber adelantado la edad de retiro debido a la enfermedad.
El Ministerio de Inclusión explicó que el período en el que se anticipe la jubilación se considerará como cotizado a efectos del cálculo de la pensión.
De esta forma, quienes cumplan todos los requisitos podrán acceder a la jubilación desde los 56 años sin que la cuantía de la prestación se vea reducida por ese adelanto motivado por su situación de discapacidad.
El Gobierno asegura que la medida beneficiará a unas 50.000 personas
El Ejecutivo estima que alrededor de 50.000 personas podrán beneficiarse de esta ampliación de la jubilación anticipada.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, defendió la aprobación del real decreto y destacó el impacto que tendrá para quienes conviven con enfermedades graves.
“Con una especial protección que haga justicia y equipare sus posibilidades con las del resto de la población trabajadora”.
Con esta modificación, el Gobierno amplía el número de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada por discapacidad, reforzando la protección para trabajadores cuya situación de salud limita su vida laboral de forma permanente.