

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha implementado nuevas normativas que impactan a los trabajadores que buscan el subsidio por desempleo y que han estado empleados en la empresa de un familiar.
Según las últimas disposiciones, aquellos empleados que presten servicios en una empresa de un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad podrían ver denegada su solicitud de subsidio. Esta medida, diseñada para prevenir fraudes, tiene como objetivo garantizar que la relación laboral sea auténtica y no una mera formalidad para obtener beneficios económicos.

Medidas del SEPE para prevenir fraudes
La normativa vigente establece que no se concederá el subsidio por desempleo a aquellos trabajadores que hayan prestado servicios en la empresa de un familiar, siempre que convivan con el empleador y no se presenten evidencias claras de la relación laboral.
El SEPE establece que es fundamental demostrar que el vínculo entre las partes es efectivamente laboral y no meramente una justificación para acceder al subsidio. Esto implica la presentación de pruebas como el tiempo de cotización, el cambio de afiliación en la Seguridad Social y, sobre todo, la existencia de un trabajo efectivo.
Adicionalmente, el SEPE ha aclarado que si el trabajador pertenece a otro núcleo familiar o no reside con el familiar empleador, podría tener acceso al subsidio, siempre que cumpla con los demás requisitos establecidos. Este aspecto es de suma importancia para prevenir el uso indebido del sistema de prestaciones.

Casos especiales en la normativa
A pesar de que la normativa puede parecer estricta, existen ciertas excepciones. Por ejemplo, si el trabajador no reside con el familiar o si la empresa es una sociedad mercantil o laboral, el empleado tiene derecho al subsidio, siempre que no posea participación en el capital social de la empresa.
Esta distinción es crucial, ya que si la participación en el capital es considerable (50% o más), el trabajador no podría acceder a las prestaciones correspondientes.
Otra excepción que contempla el SEPE se refiere a los jóvenes menores de 30 años que laboran para sus progenitores autónomos. En este contexto, el joven puede ser contratado como trabajador por cuenta ajena; sin embargo, no cotizará por desempleo, lo que implica que no tendría derecho a este subsidio en caso de finalizar su relación laboral.
Nuevas restricciones para empresas familiares
Con la implementación de esta nueva normativa, el SEPE ha intensificado su supervisión sobre las circunstancias en las que los trabajadores puedan estar relacionados con empresas familiares, con el objetivo de prevenir posibles fraudes.
La entidad enfatiza que cada situación será analizada de manera individual para asegurar que la relación laboral sea auténtica, considerando aspectos como la antigüedad en el cargo y la naturaleza del trabajo realizado.
Este enfoque, aunque pueda parecer riguroso, se fundamenta en la necesidad de mantener el equilibrio en el sistema de prestaciones y evitar su uso indebido.











