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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que depositará un bono de $ 200.000 a las familias de los trabajadores desempleados para garantizar el acceso a la canasta básica.
Se trata de la Prestación por Desempleo, asistencia otorgada a los laburantes que hayan sido despedidos sin justa causa para brindar sostén económico en lo que se consigue un nuevo empleo.
¿Qué es la Prestación por Desempleo y por cuánto tiempo puedo cobrarlo?
Este apoyo económico puede ser tramitado por los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa. Es pagado por ANSES en coordinación con el Ministerio de Capital Humano.
Su monto final contempla el 75% del mejor salario cobrado durante los últimos 6 meses. Cabe explicar que el monto mínimo no podrá ser menor al 50% del salario mínimo ($ 161.000) ni superior al 100% ($ 322.200).
El organismo previsional liquida la prestación por un tiempo de entre dos hasta doce meses, aunque en caso de los laburantes mayores a 45 años se podrá extender hasta los 18. Dependerá de la cantidad de tiempo que se haya prestado servicios. Es por eso que algunos beneficiarios podrán acceder a $ 200.000.
¿En qué casos se puede acceder a la Prestación por Desempleo?
Para poder cobrar la prestación, se debe realizar el trámite entre los 90 días posteriores a la desvinculación laboral. Los requisitos dependerán de la relación que se tenía con el empleador antes del despido:
- Trabajadores permanentes: tener al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
¿Qué documentos necesito para solicitar la asistencia económica?
El trámite podrá ser realizado de forma presencial con turno previo en cualquier oficina de ANSES o de manera virtual en la página web del organismo. En ambos casos, se deberá presentar:
- DNI vigente.
- Telegrama de despido o documentación legal que acredite la desvinculación laboral (sentencia de quiebra, certificado médico, etc.).
- Datos bancarios para el depósito del beneficio.
¿Cuáles son las causas de despido por las que se puede solicitar la Prestación por Desempleo?
Cada solicitante de la Prestación por Desempleo deberá contar con alguno de los siguientes documentos:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.