Tras el fallecimiento de un jubilado o pensionado afiliado, es habitual que surjan dudas sobre los gastos que implica un sepelio. Es importante saber que PAMI no ofrece un servicio funerario directo, pero, en su lugar, existe un reintegro económico que se gestiona a través de ANSES, diseñado para quienes afrontan estas erogaciones.
Este apoyo económico, conocido como Subsidio de Contención Familiar, se tramita directamente a través de ANSES, y está diseñado para aquellos que asumen los costos de la inhumación, cremación o sepelio.
PAMI y sepelios: información clave
Una de las preguntas más frecuentes es si PAMI cubre sepelios. La respuesta es que PAMI no tiene un servicio funerario propio ni convenios directos con cocherías para la cobertura total del sepelio.
Lo que sí ofrece es la gestión de un reintegro económico, conocido oficialmente como Subsidio de Contención Familiar, que es otorgado por ANSES a las personas que afrontaron los gastos de sepelio, cremación o inhumación de un jubilado o pensionado afiliado a PAMI para aliviar el impacto de los costos funerarios.
¿Cuánto cubre el subsidio por fallecimiento de PAMI en 2025?
El monto del Subsidio de Contención Familiar para 2025 se mantiene en $15.000. Es recomendable consultar siempre las fuentes oficiales de ANSES o PAMI para confirmar cualquier posible actualización en el transcurso del año 2025.
Este monto es una suma fija y no está directamente relacionado con el costo total del sepelio. Los gastos funerarios pueden variar considerablemente, y el subsidio es una contribución, no una cobertura integral.
¿Quiénes pueden cobrar el Subsidio por Fallecimiento de PAMI?
El Subsidio de Contención Familiar está destinado a brindar apoyo a quienes asumieron la carga económica de los servicios funerarios. Los principales beneficiarios elegibles son:
- La persona que haya pagado los gastos del sepelio: Quien figure como titular en la factura del servicio funerario (cremación, inhumación, etc.).
- Familiares con derecho a pensión por fallecimiento:
- Cónyuges (viudos/as).
- Convivientes previsionales.
- Hijos/as menores de edad o con discapacidad que puedan acceder a la pensión del fallecido.
- Los herederos de la persona fallecida: En caso de que no existan los beneficiarios anteriores o no hayan asumido los gastos, los herederos legales pueden gestionar el subsidio.
La persona que solicite el subsidio deberá acreditar el vínculo con el fallecido y, en muchos casos, demostrar que fue quien se hizo cargo de los gastos.
¿Cómo tramitar el Subsidio por Sepelio de PAMI (a través de ANSES)?
El trámite para solicitar este subsidio se realiza exclusivamente a través de ANSES. Tenés un plazo de un año desde la fecha de fallecimiento para iniciar la gestión.
Paso a paso
Reunir la documentación:
- DNI del solicitante.
- Partida de defunción de la persona fallecida.
- Factura original de los gastos de sepelio, cremación o inhumación, emitida a nombre del solicitante y detallando el servicio.
- Constancia de CBU (Clave Bancaria Uniforme) a nombre del solicitante, donde se realizará el depósito del reintegro.
- En caso de ser cónyuge, conviviente o hijo con derecho a pensión, puede ser necesario presentar documentación que acredite el vínculo (libreta de matrimonio, certificado de convivencia, partidas de nacimiento).
Iniciar el trámite:
- Online (Recomendado): A través de la plataforma de Atención Virtual de ANSES en su sitio web. Es un proceso guiado donde se cargan los documentos digitalizados.
- Presencial: Sacando un turno previo en una oficina de ANSES. Llevá toda la documentación original.
Seguimiento del trámite: Una vez iniciado, podrás hacer el seguimiento de tu solicitud a través de la web de ANSES o la aplicación "Mi ANSES".
Consejos para gestionar el subsidio
- Guardá todas las facturas: Asegurate de que la factura del servicio funerario esté a tu nombre y detalle claramente los servicios prestados.
- Consultá en la funeraria: Algunas casas funerarias están familiarizadas con el trámite del Subsidio de Contención Familiar y pueden brindarte orientación adicional.
- No dejes pasar el tiempo: Recordá el plazo de un año desde el fallecimiento para no perder el derecho al beneficio.
- Verificá la información oficial: Antes de iniciar el trámite, te recomendamos visitar el sitio web oficial de ANSES (www.anses.gob.ar) o llamar al 130, y el de PAMI (www.pami.org.ar) o llamar al 134 para confirmar cualquier actualización de montos o requisitos.
El Subsidio de Contención Familiar es una ayuda para los afiliados de PAMI y sus familias en un momento delicado. Estar informado sobre cómo y cuándo solicitarlo puede hacer una gran diferencia.