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El Gobierno confirmó que se llevará a cabo una nueva reunión con el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que se realizará el martes 21 de marzo con el fin de analizar un nuevo aumento en el piso salarial.

El encuentro fue ratificado mediante la Resolución 1/2023, publicada en el Boletín Oficial bajo la firma de la ministra de Trabajo -Raquel "Kelly" Olmos.

En la convocatoria se discutirá el próximo aumento del salario mínimo, que por la última actualización incrementó un 20% y cerró el 2022 con aumentos del 110,5%.

"Convócase a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 21 de marzo de 2023, a las 16.00 horas, mediante plataforma virtual", indica la Resolución.

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Salario mínimo: qué se debatirá en la reunión convocada por el Ministerio de Trabajo

La convocatoria tiene como objetivo debatir un nuevo piso del "Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias".

Además, también se tratarán "los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias".

¿De cuánto es el Salario Mínimo, Vital y Móvil?

El Consejo Nacional del Salario se reunió y definió un aumento del 20% del SMVM, el cual regiría desde el período diciembre 2022 y marzo 2023.

Los incrementos paritarios alcanzaron un 110,5% anual. Por ende, de acuerdo a la última actualización, los montos del salario mínimo quedaron de la siguiente forma:

  • Aumento del 7% en diciembre: $ 61.953 por mes y $ 309,77 por hora.
  • Aumento del 6% en enero: $ 65.427 por mes y $ 327,14 por hora.
  • Aumento del 4% en febrero: $ 65.427 por mes y $ 338,72 por hora.
  • Aumento del 3% en marzo: $ 69.500 por mes y $ 347,50 por hora.

¿Cuáles son los montos para titulares del Fondo de Desempleo?

El Seguro por Desempleo está dirigido a trabajadores y trabajadoras asalariados/as registrados/as, legalmente despedidos "sin justa causa" o "por fuerza mayor".

Este grupo de beneficiarios podrá acceder al cobro de un extra económico, siempre y cuando haya realizado el trámite en los 90 días hábiles desde que finalizó la relación laboral.

De acuerdo a la última reunión del Consejo del Salario, los nuevos límites son de $ 19.305,16 (mínimos) y $ 32.175,26 (máximos).

skynesher