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Según la ley de reforma fiscal, a partir de 2025, las escalas del Impuesto a las Ganancias se actualizan de manera semestral, en enero y julio de cada año, en función de la inflación acumulada en los seis meses previos.
En este contexto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ajustó por última vez las escalas un 11,8% en enero, actualizando las deducciones de Ganancias y las alícuotas que se pueden aplicar para calcular el importe a descontar de salarios y haberes jubilatorios.
Por ello, una vez que se conozca el dato de inflación de junio, que el INDEC dará a conocer el próximo lunes 14 de julio, ya se podrá saber de cuánto será el segundo y último ajuste del 2025.
Impuesto a las Ganancias en julio 2025: quiénes deberán pagar y a partir de qué sueldo
Para julio de 2025, si la proyección de un IPC del 1,5% para junio se mantiene, los umbrales estimados que podrían definir quiénes pagarán más serían:
- Trabajadores solteros: podrían comenzar a tributar o ver incrementadas sus retenciones si su sueldo bruto mensual supera los $1.814.864.
- Trabajadores casados con 2 hijos: el límite podría ascender a $2.391.248 de sueldo bruto mensual para empezar a pagar el impuesto. . La confirmación de los valores definitivos dependerá de la por parte del organismo competente. Este ajuste busca, en principio, mantener la progresividad del impuesto y adaptarlo a la dinámica inflacionaria del país.
- Estas cifras son estimaciones. La confirmación de los valores definitivos dependerá de la publicación oficial del IPC de junio por parte del organismo competente.
El cambio de los umbrales del Impuesto a las Ganancias en julio de 2025 podría afectar a un segmento más amplio de trabajadores, quienes verían una disminución en sus ingresos netos.
Si bien el objetivo es la adecuación a la realidad económica, es crucial que los contribuyentes se informen sobre las posibles nuevas condiciones y aprovechen al máximo las deducciones permitidas para mitigar el impacto.
Impuesto a las Ganancias y deducciones vigentes
El Impuesto a las Ganancias permite a los contribuyentes aplicar diversas deducciones para disminuir la base imponible y, por lo tanto, el monto a pagar. Estas deducciones se informan a través del SiRADIG (Formulario F. 572 Web) de ARCA y pueden incluir:
- Deducciones personales:
- Ganancia no imponible: Un monto fijo aplicable a todos los contribuyentes.
- Cargas de familia: Deducciones por cónyuge (bajo ciertas condiciones de ingresos) e hijos a cargo (hasta cierta edad y con requisitos de ingresos propios).
- Deducción especial: Un monto adicional aplicado a los ingresos de cuarta categoría (trabajo en relación de dependencia, jubilaciones).
- Deducciones generales:
- Honorarios médicos: Gastos de servicios de salud, hasta un porcentaje determinado del total anual.
- Donaciones: A instituciones exentas, con un tope.
- Intereses de créditos hipotecarios: Para la adquisición o construcción de vivienda única y permanente.
- Alquileres: Un porcentaje del monto abonado por alquiler de vivienda.
- Seguros de vida y de retiro: Con un límite anual.
- Aportes: A cajas de jubilaciones, obras sociales y otras cajas profesionales.
Es fundamental que los contribuyentes lleven un registro detallado de sus deducciones y conserven los comprobantes, ya que ARCA podría solicitarlos para su verificación. La correcta carga de esta información en el SiRADIG es clave para optimizar la situación fiscal y evitar retenciones innecesarias.
Ganancias: como funciona el sistema de adhesión voluntaria
El Gobierno presentó el proyecto de ley de reforma tributaria en el Congreso que introduce, entre otras cuestiones, un régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias destinado a personas humanas y sucesiones indivisas.
El nuevo mecanismo, que es de adhesión voluntaria, quedó habilitado el pasado 1° de junio para las obligaciones tributarias desde el 1° de enero de 2025.
A partir de este régimen, ARCA determina el pago que le corresponde a cada contribuyentede acuerdo a su nivel de facturación y de gastos deducibles y lo pone a su consideración.
En caso de estar de acuerdo, el contribuyente activa el pago y queda cumplida su obligación impositiva. Caso contrario puede realizar alguna objeción y esperar la respuesta.
Esta modalidad se basará en la información ya disponible en el organismo y la suministrada por los propios contribuyentes, responsables o terceros.
Una de las principales ventajas para quienes opten por este régimen simplificado es que quedarán exceptuados de la obligación de informar su patrimonio. De allí su vinculación con el plan para poner el circulación los "dólares del colchón".