La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la suspensión del régimen de percepción que permite a los grandes importadores quedar exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias a través de un certificado de exclusión.
Lo hizo por medio de la Resolución General 5520/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la titular del organismo, Florencia Lucila Misrahi.
La prórroga se debe a "razones de administración tributaria", según los considerandos de la resolución.
Impuesto a las Ganancias e IVA: la AFIP prorrogó la suspensión de un beneficio clave, ¿a quiénes afecta?
La AFIP prorrogó hasta el31 de diciembre de 2024 la suspensión de certificados de exclusión en las siguientes operaciones:
- Régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes (Art. 7 RG 2.281).
- Régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se hará efectivo en el momento de la importación definitiva de cosas muebles (4to. p. Art. 8 RG 2.937).
Sin embargo, la medida exceptúa a las siguientes operaciones:
- Importaciones para consumo efectuadas por Micro y Pequeñas empresas que tengan un certificado "MiPyME".
- Importaciones para consumo que se realicen por cuenta y orden del Estado Nacional.
- Importaciones para consumo eximidas de impuestos nacionales por la Ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.
Se trata de un régimen aplicable a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas.