En esta noticia
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos valores para la deducción del impuesto a las Ganancias para los trabajadores tras la actualización del piso de $ 404.000 brutos mensuales a partir de enero de 2023.
Como indicó El Cronista, en cuanto a las cargas familiares por cónyuge las deducciones quedan en $ 421.088,24 y para los hijos ascienden a $ 212.356,37. En el caso de los hijos incapacitados para el trabajo aumenta a $ 424.712,74 anuales.
Pero también hay deducciones generales por gastos de vivienda, alquileres, médicos y seguros, gastos por movilidad, indumentaria laboral y otros.
gastos médicos
Para los gastos médicos, "los importes abonados por cuota o abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes al empleado y a las personas declaradas como carga de familia. El importe a deducir por dichos conceptos no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada", detalla la AFIP.
Entre los gastos médicos, se pueden deducir honorarios correspondientes a los servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica, hospitalización en clínicas, sanatorios, estudios bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos y psicólogos, entre otros, además de medicamentos. De la misma forma, se incluye el monto de la prepaga.
En el caso de los sepelios, la deducción por personas a cargo tiene un tope de $996,23.
donaciones y seguros
También se pueden deducir primas de seguro de vida y donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto a las ganancias.
"Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito. La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada", agrega la AFIP.
créditos hipotecarios
En el caso de los intereses por Créditos Hipotecarios se puede incluir el préstamo por compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, hasta el importe de $ 20.000 anuales.
Alquileres
El valor del alquiler de la vivienda se puede deducir por hasta un 40%, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible detallado y que no se sea titular de un inmueble en ningún porcentaje. "Para poder deducir el alquiler es requisito contar con la factura o documento equivalente emitido por el locador, por el monto abonado", aclara la AFIP sobre el detalle clave para poder acceder.
Para deducir este concepto hay que remitir una copia del contrato de alquiler en formato pdf a través del servicio con clave fiscal SiRADIG-Trabajador. Esto deberá hacerlo la primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de contrato. El tope para 2023 se actualizó a $ 451.683,19. De la misma forma, se puede deducir el gasto por vivienda familiar.
Trabajadoras de casas Particulares
Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas. El monto anual deducible no podrá superar la ganancia no imponible anual, que para 2022 fue de $ 252.564,84 y se actualizó a $ 451.683,19 para 2023.
dólar: devolución del 35%
Los empleados en relación de dependencia a quienes les retienen ganancias deberán presentar el Formulario 572 para recuperar las percepciones del 35% del año pasado cuando lo indique la AFIP. Los pagos a cuenta realizados se informan a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias.