Los Empleados de Comercio que se encuentren alcanzados por la última revisión paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 rama general podrán cobrar hasta el martes 30 de abril la suma fija de hasta $ 40.000.
El beneficio correspondiente a tercer mes del año forma parte de las actualizaciones acordadas entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cuatro cámaras empresariales para el trimestre marzo, abril y mayo 2024.
"Ambas partes pactan y establecen el otorgamiento de una suma fija no remunerativa por única vez equivalente a $ 40.000 que será abonada durante el mes de abril 2024, todo ello conforme a las prescripciones que dispone el artículo 6 de la Ley 24.241. Se abonará bajo la denominación 'Suma compensatoria abril 2024'", puntualizó el segundo inciso del acuerdo homologado el viernes por la Secretaría de Trabajo.
¿Cómo se pagará la suma fija de $ 40.000 para los Empleados de Comercio?
El pago de la suma fija para los Empleados de Comercio de la rama general podrá efectivizarse durante todo abril, sin fecha determinada.
En tanto, por su carácter de "No remunerativo", no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes a los subsistemas de la seguridad social, con las únicas excepciones en:
1) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Entidades Civiles,
2) aporte de los trabajadores establecidos, calculándose sobre el valor nominal de cada incremento que perciba el beneficiario.
¿Cómo hacer el cálculo de la suma fija para los Empleados de Comercio a pagarse en abril 2024?
El cálculo de la suma fija para los Empleados de Comercio estará determinado por la jornada (ya que es proporcional), la obra social (si es OSECAC o no), y si es afiliado al sindicato.
| Concepto | No remunerativo | Deducciones |
|---|---|---|
| Suma compensatoria | 40.000 | |
| Obra Social OSECAC | 1200 | |
| Artículo 100 CCT 130/75: Sindicato 2% y FAECyS 0.5% | 800 | |
| FAECyS (Trabajador afiliado) | 200 |
Así, en base a las proyecciones elaboradas por el sitio Ignacioonline.com.ar, en el caso de trabajadores mercantiles con otra obra social sindical o una prepaga y que no deben realizar el aporte a OSECAC, el neto de la suma fija quedaría en $ 39.000.
¿Cómo hacer el cálculo de la suma fija según las horas trabajadas?
La suma fija para los Empleados de Comercio de la rama general ascenderá a $ 40.000 quienes presten servicios en jornadas completas (48 horas semanales).
En tanto, para el caso de los trabajadores mercantiles que laboren en tareas discontinuas o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, legal o convencional (o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas) el monto a liquidar será proporcional a la jornada laboral cumplida.