La Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC), dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación, anunció este martes una serie de modificaciones clave para usuarios de armas comerciales, colectivos, cinegéticos y entidades de tiro.
A través de la Resolución 77/2025 publicada en el Boletín Oficial, el organismo a cargo de Juan Pablo Allan resolvió eliminar la tasa anual obligatoria para usuarios de armas de fuego y extender el plazo de reinscripción a cinco años, cuando actualmente es a uno.
Dichas medidas, que se suman a la flexibilización de requisitos para la compraventa de armas, cuya resolución fue oficializada a principios de mayo, se enmarcan dentro de un plan de "simplificación y desburocratización de los trámites".
En su artículo 1°, el texto, que lleva la firma del director de ANMAC, establece "en cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones en los rubros comerciales Fabricante de armas de Uso Civil, Fabricante de armas de Uso Civil y Uso Civil Condicional, Fabricante de municiones, Fabricante de materiales de usos especiales, Talleres de armado y Talleres de reparación de vehículos blindados, Verificación y Repotenciación de instalaciones blindadas y de vehículos blindados y Recargador comercial de munición".
Sumado a ello, el artículo 2° manifiesta la eliminación del "Pago de la Tasa Anual para los Legítimos Usuarios Comerciales, Colectivos, Cinegéticos y Entidades de Tiro".
Además, dichos usuarios solo "tendrán la obligación de informar a esta ANMAC dentro de los treinta días, las modificaciones de los requisitos cumplidos al momento de su inscripción, si se hubieran producido".
No obstante, las autoridades detallaron que, respecto a los usuarios comerciales del rubro importador y transportistas, las normas se mantendrán sin modificaciones debido a que las competencias no corresponden a la ANMAC.
"Facúltese a las Direcciones Nacionales de Registro y Delegaciones y de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados, a fin de realizar las adecuaciones correspondientes en los instructivos de las tramitaciones alcanzadas por la presente Resolución", precisa el artículo 3°.