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En Colombia, las empresas prestadoras de servicios públicos pueden cobrar intereses de mora cuando los usuarios se atrasan en el pago de sus facturas. Sin embargo, este cobro no es obligatorio.

La ley permite que cada empresa defina si desea aplicar intereses por mora, condonarlos o incluso eliminarlos totalmente, dependiendo de su política interna y de los acuerdos que logre con el usuario. Una de las principales condiciones para que se eliminen estos intereses por mora es que el usuario firme un acuerdo de pago con la empresa prestadora.

En estos convenios, ambas partes pactan cómo se va a pagar la deuda, en cuántas cuotas, y bajo qué condiciones. Si el acuerdo incluye la condonación de intereses, estos ya no serán exigidos, y la deuda se renegocia sobre el capital pendiente.

La "novación" de los intereses por mora

Estos acuerdos tienen un efecto legal conocido como "novación", lo que significa que reemplazan las condiciones originales de la deuda. En ese nuevo acuerdo puede establecerse que los intereses acumulados ya no serán cobrados, lo cual representa una oportunidad importante para los usuarios que han acumulado mora y desean ponerse al día sin pagar más de lo necesario.

Cabe aclarar que no todos los usuarios pueden acceder automáticamente a la condonación de intereses. Las empresas evalúan cada caso y, en general, otorgan estos beneficios a quienes manifiestan voluntad de pago y están dispuestos a cumplir un nuevo plan de pagos. Por eso, es fundamental que el usuario se acerque a tiempo y solicite formalmente este tipo de alivios.

Los intereses por mora en facturas de servicios públicos pueden ser eliminados

También es importante destacar que, para los usuarios residenciales de estratos 1, 2 y 3, la tasa máxima que pueden aplicar como interés de mora es la civil, es decir, un 6 % anual. Aun así, muchas empresas están autorizadas a renunciar a ese cobro como medida de recuperación de cartera, sobre todo si se trata de deudas acumuladas por largos periodos.

Nelson Hernandez Chitiva

Es por estos motivos que los intereses por mora en facturas de servicios públicos pueden eliminarse en Colombia si el usuario firma un acuerdo de pago en el que ambas partes acepten esa condición. No es un beneficio automático, pero sí una posibilidad real si se busca regularizar la situación con voluntad y diálogo.