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La Corte Constitucional tomó recientemente una determinación que afecta directamente el acceso a la pensión de sobrevivientes en Colombia. El fallo responde a un caso donde una abuela, encargada del cuidado de su nieto huérfano, encontró obstáculos para lograr el reconocimiento de la mesada.
La sentencia busca que tanto Colpensiones como los fondos privados adopten criterios más sensibles y acordes con el interés superior del menor, evitando exigencias documentales que paralicen los trámites. La medida abre la puerta a más familiares que hoy enfrentan trabas administrativas para cobrar un auxilio vital.
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El alto tribunal pidió que no se conviertan en cargas excesivas los requisitos que impiden estudiar las solicitudes de pensión por herencia. El enfoque del fallo es proteger derechos fundamentales como la seguridad social y la subsistencia de la infancia.
Qué cambió en la pensión por herencia en Colombia
Según informó Valora Analitik, la Corte determinó que los fondos no pueden exigir como condición previa una sentencia de familia o una nota marginal en el registro civil cuando ya existen medidas que acreditan la custodia. La decisión corresponde a la Sentencia T-378 de 2025 publicada por el alto tribunal.

Con esto, basta acreditar que los progenitores han fallecido o no pueden ejercer la patria potestad, que el cuidado está a cargo de un familiar hasta cuarto grado y que ese familiar realiza actos concretos de cuidado, además de existir riesgo para los derechos del menor.
Quiénes podrán beneficiarse de forma más ágil
Niños, niñas y adolescentes en condición de orfandad son el grupo más protegido por la medida, pero la flexibilidad también facilita el acceso a nietos, hermanos inválidos y otros parientes que dependieran económicamente del titular. Los fondos seguirán pudiendo solicitar pruebas, pero no para bloquear el estudio de fondo.
La Corte exhortó a las administradoras a aplicar el principio del interés superior del niño y, cuando corresponda, a usar la excepción de inconstitucionalidad para garantizar protección efectiva en trámites pensionales.

Qué debe hacer ahora quien reclama la pensión
Ahora, quien solicite reconocimiento de la pensión debe aportar las pruebas disponibles sobre la situación de cuidado (medidas del ICBF, constancias de ubicación, pruebas de dependencia económica) y pedir al fondo que proceda al estudio de fondo sin exigir trámites que demoren o impidan la efectiva protección.











