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El Ministerio del Trabajo de Colombia estableció un plazo clave para los afiliados a Colpensiones que se encuentran próximos a alcanzar la edad de jubilación. La cartera advierte que quienes deseen trasladarse entre regímenes pensionales deberán cumplir con un trámite obligatorio antes de una fecha específica, lo que marca un cambio importante en el sistema de pensiones del país.

Según la Ley 2381 de 2024 y el Decreto 1225 de 2024, los colombianos que cumplan ciertas condiciones tendrán un periodo definido para decidir entre el régimen de prima media administrado por Colpensiones o el de ahorro individual gestionado por fondos privados. Esta decisión permitirá a los cotizantes evaluar cuál opción se ajusta mejor a su situación laboral y expectativas de retiro.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, indicó que el plazo límite para presentar la solicitud será el 16 de julio de 2026, fecha que cuenta desde la promulgación de la reforma pensional en julio de 2024. La medida se enfoca en un grupo específico de afiliados que se encuentran cerca de cumplir la edad de pensión, garantizando que puedan analizar su situación sin perder semanas de cotización mientras se define la vigencia integral de la ley por parte de la Corte Constitucional.

Ministerio del Trabajo confirma fecha límite para traslado pensional

El Ministerio del Trabajo precisó que los colombianos que deseen cambiar de régimen pensional tendrán plazo hasta el 16 de julio de 2026 para presentar su solicitud ante Colpensiones. Esta medida forma parte de la reforma pensional aprobada en 2024, la cual establece un periodo de dos años para que los afiliados evalúen su situación y decidan entre los regímenes de prima media o de ahorro individual.

El anuncio del Ministerio del Trabajo busca brindar claridad a miles de colombianos sobre su futuro pensional.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó en un comunicado enviado a Colpensiones y Asofondos que el límite corresponde a dos años desde la promulgación de la reforma, el 16 de julio de 2024.

Quiénes pueden solicitar el traslado pensional

No todos los afiliados podrán acceder a la opción de traslado. La medida aplica únicamente a aquellos que están cerca de la edad de retiro:

  • Mujeres con al menos 750 semanas cotizadas.
  • Hombres con al menos 900 semanas cotizadas.
  • Afiliados que se encuentren a menos de diez años de cumplir la edad de pensión.

Esta disposición permite que los cotizantes analicen cuál régimen les resulta más conveniente, ya sea el administrado por Colpensiones o el de fondos privados de ahorro individual.

Acumulación de semanas mientras se define la reforma

El Ministerio aclaró que los afiliados podrán seguir acumulando semanas mientras la Corte Constitucional estudia la vigencia integral de la ley. Inicialmente, el plazo para acreditar semanas se había fijado hasta el 30 de junio de 2025, pero ese límite quedó suspendido hasta que se defina la decisión final de la Corte.

De esta manera, los afiliados no perderán semanas y podrán cumplir los requisitos sin afectar el plazo definitivo para solicitar el traslado, que permanece vigente hasta el 16 de julio de 2026.