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El Gobierno, a través de la DIAN, establece que en los procesos de cobro coactivo se pueden llevar a cabo embargos de cuentas bancarias y bienes pertenecientes a contribuyentes que se encuentren en mora. Esta acción no es automática, sino que se aplica únicamente cuando existen deudas firmes y el contribuyente ignora los requerimientos o no formaliza acuerdos de pago.

En respuesta a los llamados de la DIAN (mandamientos de pago, citaciones y notificaciones), aquellos que no respondan o no regularicen su situación podrían ser incluidos en la lista priorizada de medidas cautelares. Este marco se encuentra regulado por el Estatuto Tributario y la normativa vigente; por lo tanto, es fundamental mantener RUT y datos de contacto actualizados para no perder comunicaciones.

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Embargo de cuentas bancarias: quiénes están en la lista

Ingresan a esta lista quienes tienen deudas ejecutoriadas (impuestos, sanciones o intereses) y han ignorado citaciones o no han celebrado acuerdo de pago. La DIAN puede embargar tanto cuentas bancarias como salarios y bienes dentro de los límites legales, además de inscribir medidas sobre inmuebles y vehículos.

La medida se llevará a cabo a través de una notificación válida del mandamiento de pago y respetará a su vez la inembargabilidad parcial prevista para ciertos ingresos y cuentas, según la ley.

Gobierno embargará cuentas y bienes de contribuyentes morosos que ignoren requerimientos.
Gobierno embargará cuentas y bienes de contribuyentes morosos que ignoren requerimientos.Freepik

Estrategias para evitar embargos de cuentas y bienes

Los principales consejos para evitar un embargo son: responda oportunamente a los requerimientos y asegúrese de que su RUT esté debidamente actualizado para recibir notificaciones. En caso de que ya tenga una deuda firme, solicite un acuerdo de pago o normalización. Conserve constancias de radicación y de PQRS en caso de que se presenten errores.

Si usted ha sido objeto de un embargo, tiene la opción de solicitar el levantamiento con el soporte de pago correspondiente, oponerse por exceso si la medida excede la deuda, o demostrar la inembargabilidad en cuentas protegidas o por mínimo vital.

El Gobierno advierte sobre embargos a cuentas de contribuyentes morosos. (Representación creada con IA)
El Gobierno advierte sobre embargos a cuentas de contribuyentes morosos. (Representación creada con IA)

Documentos esenciales para responder a la DIAN

Es fundamental contar con los siguientes documentos para responder de manera adecuada y prevenir la adopción de medidas cautelares:

  • Mandamiento de pago y notificaciones: es esencial conservar copias y verificar las fechas límite.
  • Estados de cuenta e intereses: se deben obtener certificaciones de la deuda actualizada.
  • Solicitud de acuerdo de pago: incluir carta, propuesta y garantías, si corresponde.
  • RUT y datos de contacto: mantener el correo y la dirección actualizados para recibir las comunicaciones pertinentes.
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