La presentación de la declaración de renta continúa esta semana con nuevos vencimientos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). El calendario contempla fechas diferentes según los dos últimos dígitos del NIT de cada contribuyente.
Según la entidad, hasta el momento 1.745.199 colombianos ya han presentado la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025. Para este 2026, se espera que aproximadamente 7 millones de personas cumplan con esta obligación tributaria.
Los vencimientos comenzaron el 12 de agosto y se extenderán hasta el 26 de octubre. Por eso, los contribuyentes deben revisar los últimos dígitos de su NIT para conocer la fecha máxima en la que deben presentar la declaración y evitar sanciones.
¿Quiénes deben presentar la declaración de renta en 2026?
La obligación de declarar corresponde a las personas naturales que durante 2025 cumplieron al menos uno de los criterios establecidos por la Dian. Entre ellos se encuentran quienes superaron determinados topes de patrimonio, ingresos, compras, consumos o movimientos financieros.
Los principales criterios son:
- Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2025.
- Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, equivalente a $224.096.000.
- Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT, equivalentes a $69.719.000.
- Haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $69.719.000.
- Haber efectuado compras y consumos por más de $69.719.000.
- Haber acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a $69.719.000.
Por lo tanto, los contribuyentes deben revisar tanto su situación económica durante 2025 como el calendario oficial de la Dian para establecer si están obligados a declarar y cuál es su fecha límite.
Estos son los vencimientos de la declaración de renta esta semana
Los vencimientos de esta semana se determinan según los dos últimos dígitos del NIT. De acuerdo con el calendario de la Dian, las fechas correspondientes son:
- Lunes 24 de agosto: NIT terminados en 15 y 16.
- Martes 25 de agosto: NIT terminados en 17 y 18.
- Miércoles 26 de agosto: NIT terminados en 19 y 20.
- Jueves 27 de agosto: NIT terminados en 21 y 22.
- Viernes 28 de agosto: NIT terminados en 23 y 24.
El proceso de vencimientos continuará durante las próximas semanas hasta llegar al 26 de octubre. La Dian recomienda consultar el calendario correspondiente al NIT antes de realizar el trámite para evitar presentar la declaración después de la fecha establecida.
Dian habilitó la información exógena para preparar la declaración
La Dian también puso a disposición de los contribuyentes la información exógena reportada por empresas, entidades financieras y otras organizaciones. Estos datos corresponden a movimientos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y pueden servir como referencia para revisar la información que debe incluirse en la declaración.
Consultar estos datos permite contrastar ingresos, movimientos financieros y otras operaciones reportadas a la entidad antes de presentar la declaración. De esta manera, el contribuyente puede detectar posibles diferencias y verificar que la información consignada sea consistente.
El incumplimiento de la fecha límite puede generar sanciones. El artículo 641 del Estatuto Tributario establece una sanción por extemporaneidad equivalente al 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con un límite del 100 %. Cuando no existe impuesto a cargo, se aplican otros porcentajes sobre los ingresos brutos o el patrimonio líquido. Además, pueden generarse intereses moratorios hasta el momento del pago.