En esta noticia

El acceso al crédito en Colombia enfrenta un nuevo filtro para miles de personas. La normativa vigente obliga a los bancos a revisar un registro específico antes de aprobar préstamos, lo que impacta directamente a quienes buscan financiamiento.

Este control está ligado al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), una base de datos que identifica a quienes incumplen con responsabilidades económicas esenciales. Su consulta ya es obligatoria para bancos al momento de evaluar solicitudes.

La medida, respaldada por la Ley 2097 de 2021, busca garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria, un derecho fundamental para niños, niñas y adolescentes que incluye gastos básicos como alimentación, educación y salud.

Si estás en esta base de datos el banco puede bloquearte

El REDAM funciona como un mecanismo de control que centraliza la información de personas con deudas en obligaciones alimentarias. La inclusión en esta lista se da cuando el incumplimiento alcanza al menos tres cuotas, consecutivas o no.

Este registro busca ponerle trabas a aquellos que adeudan la cuota alimentaria (Fuente: Shutterstock).

Una vez registrado, el ciudadano enfrenta restricciones inmediatas. Entre ellas, las entidades financieras pueden rechazar tanto nuevas solicitudes como renovaciones de crédito, al considerar el historial de incumplimiento.

Quiénes entran en la lista y cómo afecta su vida financiera

El ingreso al registro no es automático y requiere una validación previa dentro de un proceso legal. Sin embargo, una vez incluido, las consecuencias se extienden a distintos ámbitos.

  • Personas con tres o más cuotas alimentarias pendientes.
  • Obligaciones definidas por sentencia, conciliación o título ejecutivo.
  • Reportes gestionados por orden judicial o autoridad competente.
  • Restricción directa para acceder a créditos bancarios.

Otras sanciones que enfrentan quienes están en el REDAM

Además del impacto financiero, la inclusión en este registro genera limitaciones en otros escenarios legales y administrativos.

  • Prohibición para contratar con el Estado hasta saldar la deuda.
  • Impedimentos para ejercer cargos públicos o ser nombrado en ellos.
  • Suspensión de funciones en caso de ser servidor público.
  • Restricciones para trámites notariales y venta de bienes registrados.
  • Limitaciones para salir del país o realizar procesos migratorios.

Para salir del registro, el deudor debe ponerse al día con sus obligaciones. La normativa establece que el único argumento válido para evitar la inscripción inicial es demostrar el pago de las cuotas pendientes dentro del proceso correspondiente.