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El Gobierno de Colombia, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), lleva a cabo el embargo de cientos de cuentas bancarias, bienes y otros inmuebles correspondientes a los deudores que acumulen incumplimientos y que no respondan a las debidas notificaciones. Además, en ciertos casos pueden embargarle hasta la casa. ¿De qué se trata?
Es una facultad de la DIAN ordenar embargos a bienes de los contribuyentes morosos como herramienta para cobrar impuestos, sanciones o intereses pendientes de pago. Uno de estos bienes que pueden ser motivo de embargo son las viviendas. Sin embargo, se trata de un escenario que ocurre en casos muy particulares.
La incautación de una vivienda es una medida cautelar que puede ser aplicada con el objetivo de garantizar el pago de una deuda tributaria. En este marco, todas las personas que se encuentren con deudas impagas podrían padecer, dependiendo de la gravedad del incumplimiento, el embargo de su casa.

Lo confirmó el Gobierno: ¿en qué casos pueden embargar tu casa?
La DIAN puede llegar al embargo de tu hogar únicamente si se cumplen ciertas condiciones específicas, debido a que la ley prevé el pago de las deudas pero también la protección de las viviendas. Esos casos son:
Si la deuda continúa sin ser saldada y se agotaron otros mecanismos de cobro previos, como el embargo de cuentas bancarias, sueldos o vehículos.
Si se trata de un cobro coactivo, en donde la DIAN tiene la potestad de proceder sin la necesidad de una orden judicial que lo decrete.
Si la casa no está registrada como un bien de familia, y la persona presenta una deuda tributaria de gran tamaño, la vivienda podría estar incluida en el proceso de embargo de la DIAN.
¿Qué otro tipo de bienes pueden ser embargados?
Además de los inmuebles, la DIAN puede llevar adelante el embargo de una amplia variedad de bienes con el objetivo de garantizar el pago de las obligaciones tributarias pendientes. El bien más común que se encuentra sujeto a embargo, como se mencionó anteriormente, son las cuentas bancarias.

Además, es usual el embargo de los vehículos registrados, los cuales pueden ser fácilmente identificados por su matrícula y podrían ser rematados en caso de que la deuda persista en el tiempo.











