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Colpensiones, la entidad pública encargada de administrar las pensiones en Colombia, aclaró quiénes tienen derecho a heredar la pensión de un familiar fallecido y cómo se calcula el monto que corresponde a cada beneficiario. La institución busca garantizar que este beneficio llegue únicamente a los familiares que dependían económicamente del afiliado, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Además, Colpensiones destacó que ha implementado herramientas digitales para que los afiliados y beneficiarios puedan consultar el estado de sus pagos y trámites de forma ágil, segura y gratuita, sin necesidad de acudir a oficinas físicas. Con ello, se moderniza el acceso a la información y se refuerza la transparencia del sistema pensional en el país.

Quiénes pueden heredar la pensión de un afiliado fallecido

Colpensiones, entidad pública responsable de administrar las pensiones en Colombia, establece que el derecho a la pensión de sobrevivencia no se extiende a cualquier persona. De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios principales son el cónyuge o compañero permanente y los hijos, quienes deben cumplir con los requisitos legales para recibir la mesada. Esta medida garantiza que los recursos del sistema pensional lleguen a quienes dependían del titularfallecido.

Cómo se calcula el monto de la pensión de sobrevivencia

El cálculo del monto de la pensión de sobrevivencia depende de la situación del afiliado al momento de su fallecimiento. Si el titular ya recibía una pensión, el beneficiario obtiene el 100 % de la mesada que percibía el afiliado.

Si aún no se había jubilado, el monto se determina a partir del ingreso base de liquidación (IBL), que corresponde al promedio de los salarios sobre los que cotizó durante los últimos diez años de vida.

Sobre este ingreso se aplica una tasa de reemplazo que inicia en 45 % y aumenta en 2 % por cada 50 semanas adicionales cotizadas después de las primeras 500. La normativa también establece que la pensión de sobrevivencia no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente ni superar el 75 % del IBL, lo que asegura un piso y un techo para el beneficio.

Cuando existen varios beneficiarios, la distribución de la pensión sigue reglas precisas: el 50 % del monto corresponde al cónyuge o compañero permanente y el otro 50 % se reparte en partes iguales entre los hijos, conforme a la información proporcionada por Colpensiones.

Consulta de pagos y trámites en la plataforma digital de Colpensiones

Para quienes desean verificar el estado de sus pagos o trámites, Colpensiones desarrolló una plataforma digital que facilita este proceso. El paso a paso es el siguiente:

  • Ingresar al sitio web oficial de Colpensiones (www.colpensiones.gov.co).
  • Seleccionar la pestaña "Trámites en línea" y acceder a la "Sede Electrónica".
  • En "Otras consultas y certificados públicos", avanzar hasta "Consultas" y luego "Estado de tu solicitud".
  • Ingresar tipo y número de cédula, así como el número de radicado, para ver el estado actualizado.

Además de la consulta en línea, Colpensiones ofrece alternativas para quienes prefieren otros canales. Los afiliados pueden comunicarse al 018000410909 o acudir a un punto de atención presencial, garantizando así que todos los ciudadanos tengan acceso a la información sobre su situación pensional.

Transformación digital para un acceso más ágil y seguro

La digitalización de los servicios del fondo público representa un avance importante en la gestión de trámites y el acceso a la información. La incorporación de tecnología moderna permite a los afiliados consultar su situación de manera rápida, segura y gratuita, sin necesidad de desplazarse a una oficina física.

Este entorno virtual fortalece la transparencia y otorga a cada ciudadano mayor control sobre su situación pensional, al poner a su alcance herramientas que simplifican la gestión y el seguimiento de sus derechos.