

Con el aumento del salario mínimo decretado por el Gobierno Nacional para 2025, el valor de la prima de servicios también subirá.
Este beneficio obligatorio se debe pagar en dos partes al año, siendo la primera en junio. Por eso. en El Cronista le explicamos cómo calcularla, cuándo debe pagarse y qué hacer si su empleador no cumple con esta obligación.

¿Qué es la prima de servicios en Colombia?
La prima de servicios es una prestación social consagrada en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. Corresponde a un pago adicional equivalente a 30 días de salario por cada año trabajado y debe entregarse en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre.
Esta obligación aplica para trabajadores del sector público y privado, incluidos empleados domésticos, choferes de servicio familiar, trabajadores por días, de fincas y algunos independientes, según la Ley 1788 de 2016.
¿Cuánto se paga por prima en junio de 2025?
Con el salario mínimo fijado para 2025 en $1.423.500 y el auxilio de transporte en $200.000, el valor base para el cálculo de la prima es de $1.623.500.
Fórmula para calcular la prima de junio:
- Prima = (Salario + Auxilio de transporte) × Días trabajados / 360
Ejemplo: si un empleado trabajó los 180 días del semestre (del 1 de enero al 30 de junio), la prima se calcularía así:
- Prima = $1.623.500 × 180 / 360 = $812.875
Si el empleado no ha trabajado todo el semestre, la prima se paga proporcionalmente.
¿Cuándo se debe pagar la prima de junio?
Según la legislación colombiana, la primera cuota de la prima de servicios debe pagarse antes del 30 de junio.
El incumplimiento por parte del empleador puede generar sanciones entre 1 y 5.000 salarios mínimos, además de una posible indemnización por mora.

¿Qué hacer si no le pagan la prima?
Si un trabajador no recibe el pago oportuno de la prima, puede:
Dialogar con el empleador para llegar a un acuerdo.
Presentar una queja ante la Inspección de Trabajo.
Interponer una demanda ante el juez laboral. Si la deuda no supera los 20 salarios mínimos, puede hacerlo sin abogado ante el juez de pequeñas causas.
Además, puede acudir a entidades como la Casa de Justicia, la Defensoría del Pueblo, la Inspección de Trabajo o la Personería Municipal para recibir orientación legal gratuita.













