

- ¿Cuál es el monto que no le pueden embargar en una cuenta de ahorros en 2026?
- ¿En qué tipo de cuentas sí aplica el tope de inembargabilidad?
- ¿Qué pasa si el banco congela una cuenta que está por debajo del tope?
- ¿Qué deudas sí permiten embargar incluso por debajo de ese límite?
- ¿Cuánto le pueden embargar del salario en 2026?
- ¿Quién puede ordenar legalmente un embargo en Colombia?
- ¿Qué pasa con las pensiones y el mínimo vital?
En medio del aumento de embargos por deudas bancarias, tarjetas de crédito y obligaciones atrasadas, una cifra clave acaba de entrar en vigencia y redefine cuánto dinero realmente le pueden tocar a una persona en Colombia.
La Superintendencia Financiera fijó el nuevo tope de inembargabilidad que estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2026, un límite que protege los ahorros de millones de ciudadanos frente a medidas judiciales.
Para este período, el monto máximo que no puede ser embargado en una cuenta de ahorros es de $55.099.308. En la práctica, esto significa que si su saldo está por debajo de ese valor, el banco no tiene derecho legal a congelar ni retirar un solo peso, aun cuando usted tenga deudas activas o procesos ejecutivos en curso.
¿Cuál es el monto que no le pueden embargar en una cuenta de ahorros en 2026?
El nuevo tope de inembargabilidad fijado por la Superfinanciera es de $55.099.308. Esta cifra aplica exclusivamente a cuentas de ahorro a nombre de personas naturales.
- Si una persona tiene, por ejemplo, $40 millones en su cuenta de ahorros, ese dinero está totalmente protegido.
- Si tiene $60 millones, solo pueden embargarle el excedente, es decir, aproximadamente $4,9 millones, pero no los primeros $55 millones.
Este mecanismo existe para garantizar el llamado mínimo vital financiero, es decir, que una persona no quede completamente sin recursos para vivir.

¿En qué tipo de cuentas sí aplica el tope de inembargabilidad?
El blindaje de los $55.099.308 aplica únicamente para:
- Cuentas de ahorros
- Productos equivalentes de ahorro a nombre de personas naturales
No cubre:
- Cuentas corrientes
- Cuentas empresariales
- Productos a nombre de personas jurídicas
Si el dinero está en una cuenta corriente, sí puede ser embargado en su totalidad, incluso si es el único ingreso de la persona.
¿Qué pasa si el banco congela una cuenta que está por debajo del tope?
Si una entidad financiera bloquea una cuenta de ahorros con un saldo inferior a los $55.099.308, está actuando en contra de la ley.
En ese caso, el usuario debe presentar un memorial de inembargabilidad ante el juzgado que ordenó el embargo, solicitando el levantamiento inmediato de la medida. El banco, una vez notificado, está obligado a liberar los recursos protegidos.
¿Qué deudas sí permiten embargar incluso por debajo de ese límite?
No todos los embargos están sujetos a este tope. Existen dos grandes excepciones en Colombia:
- Deudas por alimentos (cuotas de hijos, padres o cónyuge)
- Obligaciones con la DIAN
En estos casos, el juez puede ordenar embargos incluso sobre el salario mínimo o sobre saldos protegidos, porque la ley prioriza el interés superior del menor y el recaudo fiscal.
¿Cuánto le pueden embargar del salario en 2026?
Aunque sus ahorros tienen un blindaje claro, el salario funciona bajo reglas distintas.
Para 2026, con un salario mínimo de $1.750.905 (sin auxilio de transporte), la ley establece tres escenarios:
Deudas comunes (bancos, tarjetas, particulares)
- El salario mínimo es intocable
- Solo pueden embargar el 20% de lo que exceda el mínimo
Ejemplo:
Si gana $3.000.000
Excedente: $1.249.095
Embargo máximo: $249.819
Deudas por alimentos o cooperativas
Aquí sí aplica la regla más dura:
- Se puede embargar hasta el 50% del salario total, incluso si es salario mínimo
Con un sueldo de $1.750.905, el descuento podría llegar a $875.452.
¿Quién puede ordenar legalmente un embargo en Colombia?
Ningún banco ni empresa puede embargarle por su cuenta. Para que un embargo sea válido se necesita:
- Una orden escrita de un juez
- Un mandamiento de pago
- Notificación formal al empleador o al banco
Sin ese documento judicial, cualquier retención es ilegal.
¿Qué pasa con las pensiones y el mínimo vital?
Las pensiones que equivalen al salario mínimo también están protegidas. Solo pueden ser embargadas en los mismos dos casos especiales:
- Deudas por alimentos
- Decisión judicial expresa en procesos excepcionales
La norma busca garantizar que los adultos mayores no queden sin sustento.











