La Corte Constitucional emitió una advertencia sobre prácticas de algunos fondos de pensiones que imponían requisitos excesivos para reconocer prestaciones. El Gobierno de Colombia respondió con medidas destinadas a limitar cuándo pueden retener las entidades financieras sobre la pensión por sobrevivientes.
La resolución que motivó el debate partió del caso de un menor que fue privado del acceso a la pensión por trámites administrativos. El fallo T-378 de 2025 puso el foco en la protección de derechos fundamentales como la seguridad social y el mínimo vital.
La Corte ordenó a las administradoras flexibilizar exigencias cuando estén en juego los intereses de niños, niñas y adolescentes, y subrayó que no pueden imponerse condiciones extralegales para negar o demorar la pensión de sobrevivientes.
Qué cambia en la práctica
Con la nueva directriz, los bancos y entidades no podrán capturar o embargar sumas que hagan imposible cubrir necesidades básicas: alimentos, servicios, educación y salud. El Gobierno estableció topes y criterios claros para garantizar que los procesos de cobro no anulen la protección constitucional del mínimo vital.
Esto implica que, frente a órdenes de retención, se priorizará la garantía de subsistencia del deudor y de sus dependientes. Además, las entidades deberán revisar sus protocolos para no condicionar el acceso a prestaciones por requisitos documentales que ya están en trámite ante autoridades competentes.
Entre las medidas más relevantes se destacan:
- Límites claros a las retenciones bancarias, para evitar que se embarguen fondos destinados a cubrir el mínimo vital.
- Protección prioritaria a menores y adultos mayores, considerados población vulnerable por la Corte.
- Supervisión activa de la Superintendencia Financiera y la DIAN, que tendrán la tarea de verificar que los bancos cumplan las nuevas reglas.
- Sanciones económicas a las entidades infractoras, que impongan requisitos adicionales o apliquen retenciones indebidas.
Impacto en familias y pensionados
Para familias como la de Francisco, el caso que motivó la sentencia, la medida evita que formalismos administrativos bloqueen recursos vitales. La decisión protege especialmente a menores y personas en situación de vulnerabilidad, cuyos derechos deben prevalecer sobre criterios estrictamente bancarios.
Los operadores financieros tendrán que ajustar sus sistemas de retención y embargos, al tiempo que la Superintendencia Financiera y la DIAN refuerzan controles para verificar cumplimiento y sancionar abusos.
Qué deben hacer los ciudadanos
Los usuarios deben conservar documentos, ejercer sus derechos y, en caso de irregularidades, presentar tutelas o quejas ante las autoridades competentes. Las organizaciones de consumidores también anuncian campañas informativas para explicar cómo funciona el límite a embargos.
La orientación oficial busca equilibrar la exigencia de los acreedores con la protección de la dignidad humana: asegurar que nadie pierda lo mínimo para vivir mientras se respetan las obligaciones legales.