

La pensión de viudedad, conocida legalmente como pensión de sobrevivencia en Colombia, es una de las prestaciones económicas más importantes para quienes han perdido a su cónyuge o compañero permanente. Este respaldo financiero resulta fundamental en momentos de vulnerabilidad.
Sin embargo, existen diversas circunstancias que pueden llevar a la pérdida del derecho a recibir esta pensión. Por ello, es esencial conocer los requisitos y condiciones para mantener este beneficio y evitar su suspensión.
Con las nuevas disposiciones impulsadas por el Gobierno de Gustavo Petro a través de la reforma pensional -ya aprobada por el Congreso-, algunos ciudadanos quedarán completamente excluidos del sistema. A continuación, se detallan los motivos que pueden conducir a esa exclusión.
¿Quiénes pueden recibir una pensión de sobrevivencia en Colombia?
La reforma pensional colombiana introduce cambios que determinan quiénes podrán acceder al beneficio de la pensión de sobrevivencia o de viudez. Para ello, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Entre losbeneficiarioscontemplados se encuentran:
- El cónyuge o compañero permanente que haya convivido con el fallecido por al menos cinco años previos al momento de su muerte.
- Los hijos menores de edad, así como aquellos que tengan entre 18 y 25 años y se encuentren cursando estudios.
- Los hijos en condición de discapacidad, sin límite de edad, siempre que dependieran económicamente del fallecido.
- Los padres del causante, únicamente si acreditaban dependencia económica.
- Los hermanos con invalidez que también hubieran estado a cargo económicamente del fallecido.
Se implementarán mecanismos de transición para garantizar que las personas que ya reciben una pensión de sobrevivencia bajo las condiciones actuales no se vean afectadas. No obstante, todas las solicitudes presentadas con posterioridad deberán ajustarse al nuevo régimen establecido por la reforma.
¿Quiénes dejarán de recibir la pensión de viudedad en el país?
La nueva legislación introduce restricciones inéditas para acceder a la pensión que anteriormente se otorgaba a los familiares del afiliado fallecido. El cambio más significativo afecta a las exparejas separadas de hecho, quienes ya no podrán acceder a este beneficio, incluso si no se habían divorciado legalmente.
La única forma de conservar el derecho a la pensión será haber convivido con el fallecido durante al menos cinco años previos a su muerte. Así lo determinan las modificaciones impulsadas por el Ministerio de Trabajo, con base en las Leyes 100 de 1993 y 797 de 2003.
El objetivo de esta medida es priorizar a quienes sostenían una relación estable y comprobable con el causante, especialmente en los casos donde existía dependencia económica. En consecuencia, solo los familiares directos o convivientes continuos podrán acceder a la pensión.
Otras circunstancias que ponen en riesgo su continuidad
Además de este estricto requisito de la reforma pensional, el portal especializado Integrity Legal enumeró otras tres circunstancias que podrían derivar a la pérdida de la pensión de viudedad. Estas son:
- Matrimonio o unión marital de hecho posterior: si un beneficiario de la pensión de viudedad se casa nuevamente o establece una unión marital de hecho, puede perder el beneficio, aunque existen excepciones.
- Si supera los límites de ingreso establecidos: también puede ser suspendida o cancelada si el beneficiario supera ciertos límites de ingresos establecidos por ley.
- Si deja de cumplir con los requisitos de dependencia económica: si el beneficiario deja de depender económicamente de esta prestación, perderá la pensión. Esto ocurre cuando consigue un empleo o encuentra otras fuentes de ingreso regulares.
Cómo solicitar la pensión de viudedad
De acuerdo con el Ministerio de Justicia de Colombia, los beneficiarios deben reunir toda la documentación requerida para solicitar la pensión de viudedad o de sobrevivencia, y presentarla ante la entidad correspondiente, ya sea un fondo de pensiones privado o Colpensiones, según aplique en cada caso.

Posteriormente, la solicitud será evaluada por la entidad encargada, que determinará si el solicitante cumple o no con los requisitos establecidos para acceder al beneficio. En caso de ser aprobado, se le informará el monto asignado y las condiciones de la pensión.










