

En Colombia, pocas situaciones generan tantas dudas como la repartición de bienes cuando una persona muere sin dejar testamento. Entre rumores y creencias erróneas, muchos se preguntan qué pasa realmente con la llamada ley de Sucesiones y quiénes son los herederos que tienen prioridad en la distribución. La respuesta no siempre es sencilla.
La incertidumbre aumenta porque la sucesión sin testamento puede dejar a ciertos familiares fuera de la herencia. En algunos casos, parientes cercanos creen tener derecho automático a los bienes, pero la ley establece un orden claro que no siempre coincide con las expectativas. Esta normativa ha sido objeto de debates en los últimos años. Lo que está en juego es mucho más que un trámite notarial.
La sucesión ab intestato, como se denomina, define no solo la estabilidad económica de los herederos, sino también el alcance de la protección familiar que brinda el Código Civil colombiano. La clave está en entender cómo opera la ley de Sucesiones cuando no hay testamento.

Ley de Sucesiones: cómo se reparte la herencia
La ley de Sucesiones en Colombia establece que, en ausencia de testamento, la herencia se reparte siguiendo un orden de llamados o clases. En primer lugar, heredan los hijos del fallecido en partes iguales, junto con el cónyuge o compañero permanente, que recibe una porción similar a la de un hijo.
Si no hay descendientes, los bienes pasan a los padres del difunto y, de no existir estos, a los hermanos. Solo en ausencia de estas líneas familiares, la herencia llega a parientes más lejanos. En última instancia, si no hay herederos reconocidos, los bienes pueden pasar al Estado.
Quiénes quedan fuera de la herencia en Colombia
Aunque la ley de Sucesiones busca proteger a la familia más cercana, algunos quedan excluidos del reparto. Los sobrinos, primos o familiares políticos, por ejemplo, no tienen derecho automático si existen herederos de las clases preferentes. Tampoco pueden heredar quienes hayan sido indignos, es decir, quienes hayan atentado contra la vida o dignidad del fallecido.
Esto significa que, sin testamento, el margen de decisión personal es nulo. Por eso, los expertos recomiendan planear con anticipación y dejar claro el destino de los bienes mediante un testamento válido. De lo contrario, la ley de Sucesiones en Colombia impondrá un reparto que podría no coincidir con la voluntad del fallecido.










