

Durante décadas, en Colombia el orden de los apellidos seguía una práctica fija: primero iba el del padre y después el de la madre. Esa regla cambió con la Ley 2129 de 2021, que derogó la antigua Ley 54 de 1989 y abrió una nueva etapa en el Registro Civil.
Desde entonces, las familias pueden decidir el orden de los apellidos al momento de inscribir a un recién nacido. Eso significa que el apellido materno puede ir primero si así lo acuerdan los padres. La medida aplica en todo el territorio nacional y también en distintos tipos de filiación reconocidos por la ley.
Madres podrán poner primero su apellido en el registro de sus hijos
La nueva norma modificó el artículo 53 del Decreto 1260 de 1970. Ahora, en el registro civil de nacimiento se inscriben el primer apellido de la madre y el primer apellido del padre, en el orden que ambos decidan de común acuerdo.
Esto implica que ya no existe una preferencia automática por el apellido paterno. Si una pareja decide que el niño o la niña lleve primero el apellido de la madre, puede hacerlo desde el momento del registro. El cambio también aplica para hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, parejas del mismo sexo y casos definidos judicialmente.

¿Qué pasa si los padres no se ponen de acuerdo?
La ley prevé ese escenario. Si no existe consenso entre los progenitores sobre el orden de los apellidos, el funcionario encargado del registro debe resolver la diferencia mediante un sorteo, siguiendo el procedimiento fijado por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
En los casos en que solo uno de los padres reconozca al menor, se asignarán los apellidos del padre o madre que haga la inscripción. De esa manera, el trámite puede continuar sin bloquear el derecho a la identidad del recién nacido.
Cómo nació el cambio y qué impacto tuvo en Colombia
La norma también es conocida como Ley Aluna. Fue presentada como una reforma orientada a equilibrar derechos entre padre y madre al momento de registrar a sus hijos. Tras su entrada en vigencia, la propia Registraduría informó que varios menores fueron inscritos con el apellido materno en primer lugar durante los primeros días de aplicación.
Con el paso del tiempo, el cambio consolidó una alternativa legal que antes no existía. En la práctica, las familias ya no dependen de una tradición obligatoria, sino de una decisión conjunta respaldada por la ley. Para muchos hogares, eso significó una nueva forma de representar la identidad familiar desde el nacimiento.











