

La Corte Constitucional de la Corte Suprema de Colombia estudió el caso de un hombre con discapacidad que solicitó la sustitución pensional tras la muerte de su padre en 2011. Su petición fue rechazada inicialmente porque la pérdida de capacidad laboral superior al 50% fue certificada con fecha posterior al fallecimiento.
La controversia giró en torno a la interpretación estricta de la norma, que exige que la condición de invalidez esté acreditada al momento del deceso del afiliado. El solicitante argumentó que su enfermedad, de origen genético y progresivo, le ha impedido valerse por sí mismo desde la infancia.
La pensión en Colombia suele estar asociada al cumplimiento de edad y semanas cotizadas. Sin embargo, existen escenarios en los que el acceso al beneficio no depende exclusivamente de esos requisitos, especialmente cuando se trata de pensiones de sobrevivientes.
En qué caso decidió la Corte Suprema restaurar pensiones
Tras analizar el expediente, la Corte determinó que las entidades involucradas realizaron un estudio limitado de las pruebas. En la sentencia T-293 de 2025, ordenó a la Junta Nacional de Calificación de Invalidez emitir una nueva decisión y dejar en firme el dictamen de 2024, que fijó una pérdida de capacidad laboral del 50,70% con fecha de estructuración el 3 de marzo de 1983.

El tribunal fue contundente al señalar: “La conducta de Colpensiones y de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez para establecer un dictamen con base en un solo elemento probatorio y sin tener en cuenta el origen, evolución y pronóstico de la enfermedad refleja un análisis formalista que desatiende las reglas fijadas en el caso de enfermedades congénitas, degenerativas y crónicas”. Además, advirtió que el accionante se encontraba en condición de vulnerabilidad y en riesgo de volver a la calle, lo que exigía una protección reforzada.
Qué cambia para los herederos en situación de discapacidad
La decisión establece que el dictamen oficial no es la única prueba válida para definir la fecha en que se pierde la capacidad laboral, abriendo la puerta a valorar historia clínica y conceptos técnicos adicionales.
Los pasos a seguir en estos casos establecen:
- Se permite acreditar la invalidez con diferentes medios probatorios, no solo con un dictamen único.
- Se deben analizar enfermedades congénitas, degenerativas o crónicas considerando su evolución real.
- Se ordenó a Colpensiones reconocer el pago de la sustitución pensional en este caso.
- El fallo refuerza la protección a personas en condición de discapacidad que dependen económicamente del afiliado fallecido.
Con esta determinación, el alto tribunal fija un precedente que obliga a revisar criterios estrictos en el reconocimiento de derechos pensionales cuando existen situaciones de vulnerabilidad comprobada.











