Reforma pensional 2025: nuevos requisitos para acceder al auxilio funerario de Colpensiones
El auxilio funerario de Colpensiones continuará vigente en 2025 con algunas modificaciones. ¿Cuáles son?
En Colombia, el auxilio funerario de Colpensiones es un beneficio crucial para quienes deben cubrir los gastos de entierro de un afiliado o pensionado.
Con la reciente reforma aprobada por el Congreso de la República, este beneficio se mantendrá en 2025, pero con algunos cambios en los requisitos y condiciones para acceder a él.
¿Qué es el auxilio funerario de Colpensiones y cómo acceder a él en 2025?
El auxilio funerario de Colpensiones es un beneficio que seguirá vigente en 2025, aunque con algunos ajustes según la nueva reforma aprobada por el Congreso. Este beneficio está destinado a quienes hayan cubierto los gastos funerarios de un afiliado o pensionado y cumple con requisitos clave que deben ser presentados para recibirlo.
La nueva reforma pensional establece requisitos específicos para acceder a este apoyo.
¿Quiénes tienen derecho al auxilio funerario de Colpensiones?
Aquellos que puedan comprobar haber sufragado los gastos de entierro de un(a) afiliado(a) o pensionado(a) podrán acceder a este beneficio, que será equivalente al último salario base de cotización o a la última mesada pensional recibida. Además, el auxilio funerario no podrá ser inferior a cinco salarios mínimos mensuales, ni superior a diez veces ese salario.
¿Qué documentos son necesarios para recibir el auxilio funerario?
Para acceder al auxilio funerario, los beneficiarios deberán contar con documentos clave como los pagos realizados a casas funerarias y los certificados de defunción, entre otros. Este sistema continuará funcionando dentro del marco de la nueva reforma, la cual entrará en vigor a partir de julio de 2025.
¿Cómo cambia el auxilio funerario con la reforma pensional?
La reforma pensional incluye la entrega del auxilio funerario para los beneficiarios de la pensión familiar, quienes recibirán el 50 % de la pensión en concepto de este auxilio si han sufragado los gastos funerarios de su cónyuge o compañera(o) permanente.
Este beneficio continuará siendo administrado por Colpensiones bajo el Componente de Prima Media, asegurando que quienes cumplan con los requisitos reciban el auxilio según lo establecido por la nueva ley.