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Desde 2026, los jóvenes peruanos que no se inscriban en el registro militar estarán sujetos a sanciones económicas. Esta disposición tiene como finalidad fortalecer el cumplimiento de una obligación que, si bien es a menudo pasada por alto, resulta esencial dentro del sistema administrativo de Perú.
La normativa fija que todos los jóvenes que alcancen la edad de 17 años deben realizar la inscripción, un procedimiento que no implica unirse al servicio militar, sino que simplemente necesitan quedar debidamente registrados.
Sin embargo, el incumplimiento de esta obligación adquiere una importancia considerable y se traduce en consecuencias económicas específicas.
Multa obligatoria: de cuánto será para quienes no se inscriban a las Fuerzas
Quienes no cumplan con el registro en el plazo estipulado serán considerados “omisos” y deberán asumir una sanción equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que en el año 2026 asciende a aproximadamente 275 soles.
Esta sanción entra en vigor una vez que se ha sobrepasado el plazo legal y permanece vigente hasta que el joven logre regularizar su situación.
A pesar de que existe la opción de regularizarse en el futuro, la penalización económica no se extingue automáticamente. Solo puede ser evitada en circunstancias específicas, como cuando el joven opta por unirse al servicio militar voluntario dentro del plazo que establece la ley.
Quiénes tienen la obligación de inscribirse y a partir de qué momento se aplica la sanción
En Perú, la normativa establece que todos los jóvenes que alcanzan los 17 años deben inscribirse obligatoriamente en el registro militar, sin distinción de género.
Este procedimiento:
- Es obligatorio por ley
- Debe realizarse antes de cumplir los 18 años
- No implica la incorporación al servicio militar (constituye únicamente un registro administrativo)
Registro obligatorio, aunque sin exigencia de prestación del servicio
Uno de los aspectos que genera mayor confusión es si esta medida implica el restablecimiento del servicio militar obligatorio. La respuesta es negativa. El requisito es registrarse, no enlistarse. La finalidad del Estado es contar con un registro actualizado de ciudadanos en edad militar, lo que permite optimizar la organización de las Fuerzas Armadas.
En este sentido, la disposición afecta primordialmente a aquellos que están por alcanzar la mayoría de edad. A partir de este momento, la falta de realización del trámite ya no será considerada una omisión sin repercusiones: la ausencia de inscripción conlleva directamente a una sanción económica.