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El 7 de mayo de este año entró en vigencia a nivel federal la ley Real I.D. que establece requisitos de seguridad comunes para la emisión de licencias en todos los estados.

Según lo dictamina la nueva estipulación, al momento de volar dentro del país es necesario presentar a las autoridades aeroportuarias una licencia de conducir Real I.D. u otro tipo de identificación aceptada por el Departamento de Transporte.

En este marco, las autoridades especifican que las identificaciones aceptadas por la normativa federal podrán seguir utilizándose durante un período posterior a su vencimiento para volar dentro del país.

La licencia Real I.D. es aceptada durante un tiempo posterior a que haya caducado a fines de volar dentro del país. Fuente: archivo.

Estas licencias de conducir vencidas podrán seguir usándose para volar

Las licencias de conducir Real I.D. pueden identificarse porque en su esquina superior derecha tienen una estrella que las caracteriza y son aceptadas en todos los aeropuertos al momento de viajar. Lo mismo sucede con las licencias de conducir mejoradas (EDL) emitidas por el estados.

Frente al regimiento de la nueva ley, TSA detalla que actualmente acepta licencias e identificaciones con hasta dos años de vencimiento, permitiendo que quienes cuenten con estos documentos puedan utilizarlos al momento de probar su identidad en el aeropuerto.

Todos los documentos que pueden utilizarse para volar aunque estén vencidos

Todos estos documentos son válidos como forma de identificación para viajar en el país y es posible utilizarlos dentro de los dos años posteriores a su vencimiento.

  • Licencia de Conducir Mejorada emitida por el Estado
  • Pasaporte de EE.UU.
  • Tarjeta de pasaporte de EE.UU.
  • Tarjeta de viajero de confianza del DHS
  • Identificación del Departamento de Defensa de EE.UU. incluidas las identificaciones emitidas a dependientes
  • Tarjeta de residente permanente
  • Tarjeta de cruce fronterizo
  • Identificación con foto aceptable metida por una nación tribal/tribu india reconocida por el gobierno federal
  • Tarjeta PIV HSPD-12
  • Pasaporte emitido por un gobierno extranjero
  • Licencia de conducir provincial canadiense o tarjeta de Asuntos Indios y del Norte de Canadá
  • Credencial de identificación del trabajador del transporte
  • Tarjeta de Autorización de Empelo del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (l-766)
  • Credencial de marino mercante de EE.UU.
  • Tarjeta de Identificación de Salud para Veteranos (VHIC)

Cuando la identidad del viajero no pueda constatarse, las autoridades no permitirán que aborde el avión.