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Los conductores de Florida deben prestar atención especial a los objetos, carteles y etiquetas que colocan en el parabrisas de sus vehículos.

De acuerdo con la legislación estatal, existen restricciones específicas para evitar que ciertas inscripciones, productos o coberturas interfieran con la visibilidad al manejar.

Esta norma está contemplada en los Estatutos de Florida 202, dentro del capítulo dedicado a las reglas uniformes de tránsito.

Objetos que no pueden colocarse en el parabrisas del auto

De acuerdo con las reglas vigentes, una persona no puede conducir un vehículo cuando este tenga un cartel, material de protección solar, producto o cobertura adherida al parabrisas o ubicada dentro.

Esto significa que ciertos objetos pueden generar una infracción si no se encuentran dentro de las excepciones contempladas por la ley.

Es ilegal circular con carteles que bloqueen la visibilidad del conductor.
Es ilegal circular con carteles que bloqueen la visibilidad del conductor.Fuente: El Cronista.

Cuáles son los elementos permitidos para conductores

Algunas de las excepciones especificadas en la normativa son

  • Un certificado u otro documento que la ley obligue a exhibir
  • Material para proteger del sol colocado en una franja ubicada en la parte superior del parabrisas, siempre que sea transparente y no invada el área de visión frontal directa del conductor
  • Un dispositivo emitido por una entidad gubernamental para realizar pagos electrónicos de peajes
  • Un dispositivo GPS o receptor satelital similar utilizado para navegación, mejorar la seguridad del conductor o proporcionar información de rutas

Qué castigo se aplica a quienes violen esta normativa

De no cumplir con este punto, se podrá recibir en septiembre una infracción del tránsito no penal, que se aplicará conforme a las disposiciones del capítulo 318.