El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha anunciado la inminente finalización del programa de la visa EB-4 para ciertos trabajadores religiosos, quienes tienen hasta el 13 de marzo de 2025 para ingresar al país antes de que caduque el beneficio.
Esta categoría de visa, que permite a inmigrantes especiales obtener la residencia basada en el empleo, está regulada por la ley HR 10545, firmada el 21 de diciembre de 2024.
¿Qué es la visa EB-4?
El gobierno de Estados Unidos otorga anualmente alrededor de 140.000 visas de inmigrante basadas en empleo, distribuidas en cinco categorías de preferencia.
Dentro de ellas, la EB-4 está destinada a inmigrantes especiales, que incluyen:
Trabajadores religiosos.
Jóvenes inmigrantes especiales.
Ciertos organismos de radiodifusión.
Empleados y oficiales retirados de organizaciones internacionales como G4 y la OTAN-6, junto con sus familiares.
Miembros de las fuerzas armadas de Estados Unidos.
Empleados del gobierno de la Compañía del Canal de Panamá.
Ciertos médicos con licencia que ejercían en EE.UU. antes del 9 de enero de 1978.
Extranjeros que hayan proporcionado información sobre actividades criminales o terroristas.
Fin del programa para trabajadores religiosos
El USCIS ha indicado que la extensión del programa de la visa EB-4 para trabajadores religiosos expira a la medianoche del 13 de marzo de 2025. A partir de ese momento:
No se podrán emitir visas SR en el extranjero ni realizar ajustes de estatus.
Las visas emitidas antes de la fecha límite solo serán válidas hasta el 13 de marzo de 2025.
Todos los beneficiarios deben ingresar a Estados Unidos antes de la fecha de expiración.
Según Newsweek, la finalización del programa afectará a organizaciones que dependen de estos trabajadores, incluyendo consejeros, traductores, monjas y monjes. Sin embargo, los ministros y sus familias no se verán afectados y podrán continuar aplicando.
Opciones de aceleración para la visa EB-4
El USCIS podrá aceptar solicitudes de procesamiento acelerado si se justifica la urgencia de la petición. "Una organización sin fines de lucro cuya solicitud promueva los intereses culturales o sociales de Estados Unidos puede solicitar un procesamiento acelerado", explicó la agencia.
Para aplicar a esta visa, un empleador estadounidense o el beneficiario directamente deben presentar el Formulario I-360, Petición para amerasiático, viudo(a) o inmigrante especial.