Una parte de los beneficiarios del Seguro Social en Estados Unidos verá un cambio significativo este mes. A pesar de haber recibido pagos mensuales durante años, el cronograma de mayo implica un corte automático para cierto grupo de personas.
En particular, este recorte afectará a miles de inmigrantes que perciben el Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI) y que ingresaron al país bajo condiciones humanitarias. El beneficio se otorga por un tiempo limitado y no todos logran cumplir con los requisitos para extenderlo.
Desde la Administración del Seguro Social (SSA), advirtieron que la suspensión ya está programada para un conjunto de beneficiarios cuyo plazo de elegibilidad concluye este mes, sin posibilidad de prórroga si no se regularizó su estatus.
¿Quiénes perderán sus pagos del Seguro Social en mayo?
En mayo de 2025, se suspenderán los pagos del Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI) a ciertos inmigrantes que llegaron a Estados Unidos en mayo de 2018 bajo categorías humanitarias.
Este grupo accedió al beneficio gracias a la regla de los 7 años, que permite recibir la ayuda sin contar con residencia permanente, pero solo por un período limitado.
Pierden el pago quienes no hayan cambiado su estatus migratorio a tiempo. Se trata de quienes ingresaron como:
Refugiados (INA 207)
Asilados (INA 208)
Personas con suspensión de deportación
Entrantes cubanos o haitianos
Inmigrantes amerasiáticos bajo condición especial
Una vez cumplidos los 7 años, el corte es automático si no se obtuvo la residencia u otro estatus que permita seguir cobrando.
¿Cómo evitar la pérdida del SSI tras los 7 años?
El único modo de evitar la suspensión del SSI tras cumplir los 7 años es obtener un estatus migratorio que califique para seguir recibiendo el beneficio. Esto incluye:
Obtener la residencia permanente legal (Green Card)
Calificar bajo una categoría especial aceptada por la SSA
Presentar pruebas de que el trámite migratorio está en curso y en regla
El ente previsional federal de los Estados Unidos recomienda iniciar los trámites migratorios con antelación, idealmente entre el cuarto y quinto año de permanencia, para evitar demoras que puedan afectar los pagos.