El Servicio de Impuestos Internos (IRS) tiene la facultad de embargar cuentas bancarias, propiedades, vehículos y otros bienes relacionados con una herencia en circunstancias específicas. No es un procedimiento automático, sin embargo, es un camino posible cuando existen deudas fiscales pendientes.
La intervención está sujeta a quien sea responsable de la deuda tributaria y al estado de la sucesión. Tanto las obligaciones fiscales del difunto como las del heredero pueden permitir que la administración recaudadora federal actúe sobre los bienes heredados.
¿Cuáles son las circunstancias bajo las cuales el IRS puede embargar una herencia?
El IRS puede reclamar una herencia cuando el fallecido tenía deudas tributarias pendientes. Esta obligación no se extingue con el fallecimiento y debe ser cancelada antes de distribuir los bienes entre los herederos.
El administrador tiene la obligación legal de priorizar el pago a los acreedores y el IRS posee prioridad sobre la mayoría de las deudas. En caso de que el patrimonio no sea más grande que la deuda, priorizar el pago de impuestos federales puede disminuir o eliminar la herencia.
¿Qué sucede si el heredero mantiene deudas con el IRS?
El IRS también tiene la facultad de embargar cuentas bancarias, propiedades y vehículos si el heredero adeuda impuestos . Para la entidad fiscal, el derecho a la recepción de una herencia se considera un activo suceptible de embargo.
En tales circunstancias, el IRS puede emitir una orden de embargo directamente al administrador de la sucesión, instruyendo que la parte correspondiente al heredero sea asignada a la liquidación de la deuda. Este procedimiento generalmente ocurre durante el proceso sucesorio, el cual puede prolongarse por varios meses, brindando así al organismo fiscal la oportunidad de actuar antes de la entrega de los fondos.