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El artículo 732.802 del Código de Sucesiones de Florida establece que un heredero pierde todo derecho sobre los bienes del fallecido si lo mata de forma ilegal e intencional, aunque su nombre figure en el testamento. La norma rige en todo el estado y alcanza tanto herencias como seguros y cuentas conjuntas.

La disposición forma parte del Florida Probate Code y se aplica sin importar el vínculo familiar entre el heredero y la víctima. Cubre testamentos, cuentas bancarias con derecho de supervivencia y pólizas de seguro de vida.

¿Qué establece el artículo 732.802 sobre los herederos que matan a la víctima?

La ley determina que, si un heredero mata de forma ilegal e intencional al titular de la herencia, se lo trata legalmente como si hubiera muerto antes que la víctima. Por eso pierde de manera automática cualquier derecho sobre bienes, cuentas o pólizas a su nombre.

La medida no se limita a los testamentos: también alcanza a las cuentas conjuntas con derecho de supervivencia y a los seguros de vida en los que esa persona figure como beneficiaria.

El artículo contempla distintos escenarios en los que se aplica esta pérdida de derechos:

  • Herencias establecidas por testamento
  • Cuentas bancarias o de ahorro conjuntas
  • Pólizas de seguro de vida
  • Propiedades con derecho de supervivencia, incluida la vivienda familiar
La ley determina que, si un heredero mata de forma ilegal e intencional al titular de la herencia, se lo trata legalmente como si hubiera muerto antes que la víctima.

¿Cómo se determina si un heredero pierde sus derechos por esta causa?

Para que se aplique esta pérdida de derechos, la Justicia de Florida exige, en general, una condena firme por asesinato en cualquier grado. Ese fallo resulta suficiente para excluir al heredero de manera automática.

Si no existe una condena, un tribunal puede determinar la exclusión con base en la preponderancia de la evidencia. En ambos casos, los bienes pasan a los demás herederos como si el responsable no hubiera existido legalmente.