

La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
Por si acaso, la proclama surge de la propia Constitución Nacional, la que en su artículo 16 cimienta el sistema tributario argentino. El principio de igualdad es comprensivo de los requisitos inherentes de generalidad, uniformidad e imparcialidad aunque ello no resulte en tributos exactamente idénticos o implique igualdad matemática. El principio bien entendido asume tratamiento ecuánime frente a circunstancias comparables y, por ende, trato diferencial ante situaciones desiguales. Ello ha propiciado la existencia de categorías o distingos en el nivel de imposición sin que la igualdad quede vulnerada en un contexto de razonabilidad.
Indudablemente, en un sistema justo y sano, es apropiado reconocer que el nivel de contribución a las necesidades públicas provenga, en mayor medida, de aquellos estratos con capacidad económica superior y, en el mismo sentido, el incumplimiento a los deberes fiscales exija consecuencias más gravosas frente a las conductas ejemplares. Cualquier alteración supondría una abierta confrontación con el precepto constitucional de igualdad; ahora bien, la insistencia en la formulación de un nuevo blanqueo de moneda extranjera desconoce esta lógica y conduce a una discriminación fiscal, cuanto menos, alarmante.
Paradójicamente, quienes hubieran distraído la atención a honrar los mandatos legales en materia fiscal no sólo esquivarían el profuso marco sancionatorio sino que, incluso a diferencia de blanqueos anteriores, verían convalidado su accionar con el premio nada despreciable de disfrutar una exoneración impositiva total sólo por acceder al favor de exteriorizar la moneda extranjera oculta. Por el contrario, quienes hubieran elegido hacer del blanqueo su accionar natural y tributar conforme a derecho deberían contentarse con la dudosa satisfacción de haber financiado las necesidades públicas en solidaridad forzada con aquellos que, a partir del beneficio y aún teniendo una capacidad de pago mayor, resultan agraciados con la benevolencia del Estado. Más aún, permanecer indolente a la medida tampoco sería neutral puesto que para todos, sin excepción, se extenderá por un año el plazo de prescripción de las acciones de la AFIP para perseguir el cobro (y no la devolución) de los tributos bajo su órbita.
Ciertamente quedan al margen de ponderación cualquier referencia a la suficiencia legal que el instrumento pudiera tener, la simpatía de ciertos organismos internacionales relevantes (aunque, valga la digresión, ella siempre esté referida a condiciones de aplicación excepcionalísimas) como las razones de fuerza mayor, si las hubiese, que llevan a quebrantar o, si cabe algún eufemismo, devaluar uno de los pilares sobre los que se erige el cuadro institucional básico.
La reflexión apunta a que la negociación de la igualdad como principio trasciende cualquier medida puntual, sea recaudatoria o no. Los efectos no son sólo los inmediatos; los más significativos y de especial cuidado se identifican con el porvenir por cuanto el desarrollo y sostenimiento de la cultura tributaria demanda un direccionamiento creíble, firme y comprometido con las bondades que se derivan del deber de cumplir.
Las conclusiones presentadas por investigadores del Instituto de Estudios Tributarios, Aduaneros y de los Recursos de la Seguridad Social de la AFIP han sido por demás elocuentes. Con base en la encuesta nacional de percepciones tributarias fue evidenciado, entre otros hallazgos, que la idea internalizada del bajo cumplimiento a las normas, aunque grave, puede superarse con educación y el buen funcionamiento de la justicia; adicionalmente, fue puntualizado que la ausencia de un esquema sancionatorio severo alimenta el riesgo de que se generalice la percepción de impunidad de los free riders (pasajeros gratis) lo cual, probablemente, contribuya a reducir la voluntad de cooperación de la ciudadanía. No en vano tiempo atrás ya se había advertido: permitir una injusticia significa abrir el camino a todas las que siguen (Willy Brandt).










