Dispuesto a no ceder terreno en la embestida que inició contra los laboratorios, el Gobierno subió ayer la apuesta y reglamentó una ley que favorece la producción de los laboratorios estatales.

Con la excusa de imponer una baja en el costo de los medicamentos, la presidenta Cristina Fernández puso en marcha una ley de 2011 la 26.688 que promueve la elaboración de remedios por parte de estos establecimientos.

La reglamentación de esta normativa se produjo el pasado jueves 10 de julio, pero ayer fue publicada en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Salud, Juan Manzur.

Esta ley declara de interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos.

La reglamentación fija medidas para garantizar ahorro en los traslados de los remedios y establece una prioridad de hasta 5% sobre el precio del mejor oferente privado para los medicamentos producidos por plantas del Estado.

De esta forma, según la visión oficial, se lograría una reducción en los costos, lo que desembocará en una baja en los precios de los productos. Así, se marcarán valores de referencia a los laboratorios privados, con quien hoy el Gobierno está enfrentado.

Actualmente hay casi 40 laboratorios, de distintos tamaños, que dependen de la Nación, gobiernos provinciales e incluso universidades públicas.

Esto se da días después de que desde la Casa Rosada le hicieran llegar a las empresas del sector un pedido para que redujeran sus precios, luego de que los hubieran subido sin autorización oficial. Tras una serie de desencuentros al respecto, la industria accedió al reclamo del Gobierno.

Entre los considerandos que se incluyen en el decreto 1087/2014 que reglamenta la Ley 26.688 se especifica que los medicamentos y vacunas ocupan un lugar particular por su relación directa con la salud de las personas y que son un bien de carácter social que contribuye a la mejora general de la salud.

Ya en su artículo 1´, la reglamentación afirma que la investigación y producción de medicamentos se orientará prioritariamente a la generación de medicamentos esenciales. En el 2´ se especifica que para la accesibilidad de los medicamentos, vacunas y productos médicos se propiciará la sistematización de dispositivos de investigación y producción pública tanto de medicamentos, vacunas y productos médicos como de materias primas con recursos del Estado.

La reglamentación también enfatiza que la producción sistemática y sostenida de los laboratorios públicos deberá orientarse a la satisfacción de la demanda, como mínimo, de la jurisdicción en la que se encuentra localizado el laboratorio.

Por otra parte, la autoridad de aplicación clasificará los laboratorios acorde a los criterios técnicos que permitan identificarlos según sus respectivos perfiles productivos y sus capacidades para realizar actividades de investigación y desarrollo.

En la reglamentación se determina que el Registro de Laboratorios de Producción Pública contendrá el status de su situación de funcionamiento, registro de habilitación de planta productiva y certificados de productos, otorgados por la ANMAT.

También se aclara que los mecanismos para la promoción de compras centralizadas de insumos se acordarán en el ámbito del Consejo Federal de Salud (Cofesa).