En esta noticia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar, una medida que permite a miles de jubilados y pensionados del IMSS y del ISSSTE acceder a un complemento económico solidario. Este mecanismo busca que la pensión total se acerque al último salario cotizado, con un tope que en 2025 alcanzó los 17,364 pesos mensuales.

La resolución unánime del máximo tribunal, emitida el 12 de agosto de 2026, da certeza jurídica a la reforma impulsada en 2024 y garantiza mejores condiciones de retiro para la generación de cuentas individuales, siempre que se cumplan requisitos específicos de edad, régimen y monto de pensión.

Millones de pensionados y jubilados reciben apoyo económico en México. Fuente: Shutterstock
Millones de pensionados y jubilados reciben apoyo económico en México. Fuente: Shutterstock

¿Qué decidió la Suprema Corte sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Pleno de la SCJN declaró infundada la acción de inconstitucionalidad 116/2024, promovida por diputados de oposición. Por unanimidad reconoció la validez del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2024 y del Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar del 1 de mayo de 2024.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que la transferencia de recursos de cuentas inactivas de Afores no constituye confiscación ni privación de propiedad. Los ahorros siguen perteneciendo a los trabajadores o sus beneficiarios y el derecho a reclamarlos es imprescriptible. Así lo detallan la sentencia y los comunicados oficiales de la propia SCJN.

¿En qué casos los jubilados y pensionados pueden cobrar hasta 17,364 pesos mensuales?

No todos reciben exactamente esa cantidad. Los 17,364 pesos correspondieron al tope máximo vigente en 2025, equivalente al salario mensual promedio registrado por el IMSS ese año. En 2026, el límite se actualizó a aproximadamente 17,885.85 pesos, conforme a la inflación estimada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

El complemento se otorga cuando se reúnen estas condiciones, según la página oficial del IMSS y el Decreto del Fondo:

  • Haber iniciado cotizaciones al IMSS a partir del 1 de julio de 1997 (Ley 97) o pertenecer al régimen de cuentas individuales del ISSSTE.
  • Solicitar pensión por vejez a los 65 años o más.
  • Contar con resolución de pensión emitida a partir del 2 de mayo de 2024.
  • Cumplir las semanas cotizadas exigidas (875 en 2026 para IMSS).
  • Que la pensión calculada por la Afore sea inferior al salario de referencia del trabajador.
  • Que el salario de referencia (promedio del último año cotizado × 30.4) sea igual o superior al tope anual.

Si el último salario del trabajador es igual o mayor al tope, el Fondo completa hasta 17,364 pesos (o el monto actualizado). Si el salario es menor, solo se complementa hasta el salario real. Ahora bien, quienes se pensionan bajo la Ley 73 del IMSS no aplican.

Oficial | La Suprema Corte falló a favor de los jubilados y los pensionados cobrarán hasta 17,364 pesos mensuales si cumplen estas condiciones. Fuente: Shutterstock
Oficial | La Suprema Corte falló a favor de los jubilados y los pensionados cobrarán hasta 17,364 pesos mensuales si cumplen estas condiciones. Fuente: Shutterstock

¿Cómo funciona el complemento del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Fondo es un fideicomiso público en el que la SHCP actúa como fideicomitente y el Banco de México como fiduciario. Recibe recursos de cuentas inactivas de Afores (trabajadores de 70 años o más en IMSS y 75 en ISSSTE sin relación laboral activa), además de otras fuentes.

Con esos recursos otorga un complemento solidario para elevar la tasa de reemplazo de las pensiones de la generación Afore. El cálculo es automático al tramitar la pensión por vejez.

De esta manera, el IMSS reportó que entre julio de 2024 y mayo de 2026 ya benefició a más de 7,200 personas, elevando el promedio de pensión de 52.5 % a 96.1 % del último salario en los casos atendidos.

¿Los ahorros de las Afores están seguros y se pueden reclamar?

La SCJN subrayó que la titularidad de los recursos no se extingue. El derecho a solicitar la devolución es permanente e imprescriptible. El Fondo mantiene una reserva específica para garantizar esas devoluciones.

Hasta marzo de 2026 ya había regresado más de 5,000 millones de pesos reclamados, de acuerdo con informes del propio fideicomiso y coberturas basadas en datos oficiales.