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El Banco del Bienestar mantiene fijado en sus canales oficiales de comunicación el calendario de pagos correspondiente a la Pensión para el Bienestar, con los requisitos por apellidos para recibir el pago bimestral de 6,200 pesos.

Aquellos beneficiarios que busquen saber si cobrarán durante la segunda semana de noviembre, deberán tomar nota de una serie de detalles en lo que respecta al último depósito que se entregará en 2025.

¿Quiénes cobran la Pensión Bienestar?

La Pensión para el Bienestar forma parte de una larga lista de programas sociales que otorga el Gobierno mexicano a los sectores de la población más vulnerables. En lo que respecta a este apoyo económico, la Secretaría del Bienestar establece una serie de categorías para quienes busquen acceder a una asistencia:

  • Pensión Mujeres Bienestar
  • Pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores
  • Pensión Discapacidad
  • Programa madres trabajadoras

Para cada una de estas categorías, la Secretaría del Bienestar establece distintos requisitos, así como también montos de dinero diferentes.

Adultos mayores

  • Tener 65 años o más.
  • Presentar acta de nacimiento.
  • Identificación oficial vigente: Credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Télefono de contacto celular y de casa.
  • Monto de dinero que cobran: 6,200 pesos.

Personas con discapacidad

  • Acta de nacimiento en original y copia.
  • Identificación oficial vigente en original y copia (credencial para votar, pasaporte, credencial de Inapam o algún otro documento que la acredite).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia.
  • Comprobante de domicilio en original y copia (máximo 6 meses de antigüedad).
  • Certificado y/o constancia médica que acredite la discapacidad permanente emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
  • En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
  • Tener entre 0 y 64 años (aplica para la gran mayoría de las entidades federativas del país).
  • Tener hasta 29 años, en caso de residir en Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro.
  • Monto de dinero que reciben bimestralmente: 3,200 pesos.

Niños y niñas hijos de madres trabajadoras

  • Ser madre, padre solo o tutor de una niña o niño de recién nacido hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad, o hasta un día antes de cumplir los 6 años de edad de una niña o niño con discapacidad.
  • Identificación oficial vigente en original y copia de la madre, padre solo o tutor (en caso de ser menor de edad se puede presentar pasaporte o acta de nacimiento).
  • Acta de nacimiento de cada niña o niño que solicita inscribir.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada niña o niño, así como de la madre, padre solo o tutor.
  • Comprobante de domicilio reciente (agua, luz, teléfono, predial o constancia de residencia) en original y copia.
  • Escrito libre bajo protesta de decir verdad de la madre, padre solo o tutor en el que se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la institución donde estudia.
  • Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, las cuales pueden tramitarse e imprimir desde el portal de internet de las instituciones (se excluye de este requisito a los tutores).
  • En el caso de las niñas y niños con discapacidad, cuando ésta no sea visible, se requerirá certificado médico original emitido por alguna institución pública del sector salud o por un médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad.
  • Monto de dinero que reciben bimestralmente: desde 1,650 pesos (para niñas y niños recién nacidos y hasta los 4 años) hasta 3,720 pesos (para niñas y niños con discapacidad recién nacidos y hasta los 6 años).

Mujeres

  • Tener entre 60 y 64 años de edad.
  • Tener nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización.
  • Residir en la República Mexicana
  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad)
  • Acta de nacimiento legible
  • CURP de impresión reciente
  • Comprobante de domicilio no mayor a 6 meses (recibos de cable, teléfono, luz, gas, agua o predial)
  • Número telefónico de contacto (celular y de casa)
  • Monto de dinero que reciben: 3,000 pesos.

El Banco del Bienestar realizará depósitos a estos apellidos

El calendario de pagos que difundió el Banco del Bienestar a través de sus distintos canales oficiales de comunicación establece que los habitantes del país que cobrarán durante la segunda semana de noviembre serán aquellos que posean determinados apellidos.

Cabe recordar que el esquema de dispersión de recursos se organiza por orden alfabético. Esto quiere decir que cada beneficiario tiene asignada una fecha de cobro específica del mes según la primera letra con la que comience su apellido.

De esta manera, el calendario de pagos de la segunda semana de noviembre establece depósitos de dinero para los habitantes que se apelliden con las siguientes letras:

  • Lunes 10 de noviembre: letra G.
  • Martes 11 de noviembre: letra G.
  • Miércoles 12 de noviembre: letras H, I, J K.
  • Jueves 13 de noviembre: letra L.
  • Viernes 14 de noviembre: letra M.