A pocos días de que inicie el 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que deben cumplir con sus obligaciones fiscales.
En especial, subrayó un requisito obligatorio que deben cumplir quienes realizan actividades relacionadas con el traslado de bienes y mercancías para evitar multas dentro del territorio nacional.
El SAT anunció que las personas que no cumplan con este requisito serán multadas con hasta 100,00 pesos
A partir del 1 de enero de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicará multas de hasta 100,000 pesos a quienes realicen actividades relacionadas con el traslado de bienes y mercancías y no cumplan con el requisito obligatorio de emitir una Carta Porte en su versión3.0.
La Carta Porte es un documento que contiene información sobre el origen, destino, tipo y valor de bienes o mercancías que se trasladaban. Su objetivo es garantizar la seguridad y trazabilidad de las mudanzas, así como el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.
¿Cómo tramitarla?
La Carta Porte se puede emitir a través del portal del SAT. El proceso es sencillo y se puede completar en unos minutos.
Para emitir este documento, los contribuyentes deben proporcionar la siguiente información:
Datos del remitente y del destinatario
Tipo de bien o mercancía
Origen y destino
Valor de la mercancía
Medio de transporte
Una vez que se complete esta información, el SAT emitirá la Carta Porte en formato electrónico.