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Existen ciertos días festivos que figuran dentro de los calendarios como "no laborables", pues se los entiende como un momento en el que el trabajador debe poder disfrutar, celebrar actividades religiosas si así lo desea o compartir con sus seres queridos sin presiones relacionadas al trabajo.

Sin embargo, en el caso de algunas profesiones y rubros, por su naturaleza no es posible realizar un cese total de la actividad durante estas fechas. Por ello, si te ha tocado trabajar durante el 1 de enero debes recibir un monto extra de dinero como compensatorio por prestar tus servicios ese día.

Cuánto dinero deben pagarme por trabajar el 1 de enero

Quienes trabajen el primer día del año cuentan con el derecho a recibir un monto extra de dinero que, según indica la Ley Federal del Trabajo (LFT) corresponde a un doble salario adicional al día laborable.

De esta manera, al trabajador le corresponde el pago del día más una suma de dos salarios adicionales, lo que da como resultado el pago de un triple salario. En ese sentido, es importante conocer que los días festivos para los que aplica esta suma adicional son el 25 de diciembre y el 1 de enero.

Ten en cuenta para años siguientes que los días 24 y 31 de diciembre no califican como no laborables, por lo que si te encuentras en actividad durante esas fechas se abonará como un día más de trabajo.

Si trabajas el 1 de enero o el 25 de diciembre tienes derecho a recibir un monto extra. Fuente: FreePik.

¿Si trabajo los domingos deben pagarme más dinero?

Existen acuerdos laborales que cuentan con la conocida "prima dominical". Se trata de un dinero adicional que debe abonarle el empleador al trabajador por trabajar un día domingo, además de brindarle cualquier otro día de la semana como descanso compensatorio.

Sí durante algún año los días no laborables coincidieran con un domingo, al trabajador le corresponde cobrar un triple salario y también el monto adicional de la prima dominical.

Ese monto extra será equivalente a un 25% del sueldo diario de trabajo. Este es un derecho común a todos los trabajadores mexicanos por lo que si no cuentas con el puedes emitir una queja en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.