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Cada año, miles de mexicanos solicitan la Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional (SMN). Sin embargo, hay quienes no realizan el trámite durante el año en que cumplen 18 años. Estos ciudadanos son conocidos como remisos y pueden regularizar su situación mediante un procedimiento establecido por las autoridades militares.

Ser remiso no implica perder el derecho a obtener la Cartilla Militar. Para iniciar el trámite, los interesados deben acudir a la Junta Municipal o Alcaldía de Reclutamiento que les corresponda y presentar los documentos solicitados por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).

No realizar este trámite implica incumplir una obligación ciudadana prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Shutterstock

Esta categoría comprende a los hombres de entre 19 y 39 años que no tramitaron su cartilla a los 18 años por motivos personales, laborales o académicos. Su incorporación al Servicio Militar Nacional está sujeta a las disposiciones vigentes y al procedimiento que determine la autoridad correspondiente.

¿Qué pasa con los remisos que no cumplieron con la cartilla?

El periodo ordinario para efectuar el registro es del 2 de enero al 15 de octubre de cada año. Quienes no lo realizaron al cumplir 18 años deberán consultar el procedimiento para remisos y verificar los requisitos adicionales que les correspondan.

En el caso de los mexicanos que viven en el extranjero pueden realizar el procedimiento en la representación consular más cercana a su domicilio.

Para quienes no cumplan con el procedimiento y el plazo determinado, el Artículo 50 de la Ley del Servicio Militar contempla una pena de un mes a un año de prisión: “Todo acto por el cual se pretenda eludir la inscripción de algún individuo de edad militar, ya sea que provenga de él mismo o de tercera persona, será consignado a los tribunales del orden federal y el responsable castigado con la pena de un mes a un año de prisión”.

Requisitos y pasos para tramitar la Cartilla Militar

Entre los documentos que generalmente se solicitan para realizar el trámite se encuentran:

  • Acta de nacimiento certificada.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio.
  • Identificación oficial.
  • Fotografías con las características establecidas por las autoridades militares.

Los solicitantes deben presentarse para entregar la documentación, integrar su expediente y recibir las instrucciones correspondientes.

Los requisitos específicos pueden variar según la Junta Municipal o Alcaldía de Reclutamiento.

Una vez realizado el registro, los remisos deben seguir el procedimiento establecido para determinar cómo cumplirán con el Servicio Militar Nacional. Esto puede incluir un sorteo para definir si quedan en disponibilidad o son asignados a un centro de adiestramiento, de acuerdo con las disposiciones aplicables.

Cabe destacar que los hombres que no obtuvieron dicho documento durante el año en que cumplieron 18 años deben presentar una constancia de no registro. Este documento es emitido por la Junta Municipal o Alcaldía de Reclutamiento del lugar de nacimiento.

Detalles sobre la Cartilla Militar

Completar el procedimiento permite al ciudadano regularizar su situación respecto al Servicio Militar Nacional y obtener su cartilla liberada, conforme a las disposiciones vigentes.

La SEDENA recomienda que los hombres en condición de remisos consulten de forma directa con la Junta Municipal o Alcaldía de Reclutamiento correspondiente antes de iniciar el trámite.

Las fechas de registro, la entrega de documentos y la realización del sorteo pueden variar según la localidad, por lo que es importante verificar la convocatoria vigente y confirmar los requisitos aplicables.