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En Argentina, existen casos en donde los progenitores deberán seguir pagándole la cuota alimentaria a sus hijos por más que tengan más de 18 años y hayan cumplido la mayoría de edad legal.

El Código Civil y Comercial de la Nación establece que los padres deben continuar contribuyendo a su manutención hasta los 21 años y contempla una extensión hasta los 25 en determinadas circunstancias.

La obligación está regulada por los artículos 658, 659 y 663 del Código Civil y Comercial. Las condiciones varían según la edad del hijo y su situación económica y educativa.

Cuota alimentaria: hasta qué edad deben pagar los padres según la ley

Si bien muchas personas creen que la responsabilidad de pagar la cuota alimentaria se extiende hasta los 18 años, el artículo 658 del Código Civil y Comercial pone como un límite de obligación legal hasta los 21 años del hijo.

No obstante, existen determinadas circunstancias donde la condición de continuar con los pagos se extenderá hasta los 25 años.

Cuota alimentaria.
Cuota alimentaria.Dusan Stankovic

Cuándo se puede extender la cuota alimentaria hasta los 25 años

El artículo 663 contempla la posibilidad de mantener la obligación alimentaria hasta que el hijo cumpla 25 años.

Para que esto ocurra, el hijo tiene que continuar sus estudios o prepararse profesionalmente en un arte u oficio, y esa actividad debe impedirle contar con los recursos necesarios para mantenerse de manera independiente.

En este caso, debe acreditarse que la formación o los estudios dificultan la posibilidad de sostenerse económicamente por cuenta propia.

El reclamo puede realizarlo el hijo o el progenitor con quien convive. La extensión no es automática por el solo hecho de estudiar deben reunirse los requisitos establecidos en el Código Civil y Comercial.

Qué gastos cubre la cuota alimentaria

El artículo 659 establece que la obligación alimentaria comprende las necesidades de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, vivienda, asistencia y gastos por enfermedad, además de los necesarios para adquirir una profesión u oficio.

La contribución puede cumplirse mediante prestaciones monetarias y debe guardar proporción con las posibilidades económicas de los progenitores y las necesidades del hijo.

Quién puede reclamar la cuota alimentaria después de los 18 años

El artículo 662 dispone que el progenitor que convive con el hijo mayor de edad puede reclamar la contribución del otro hasta que cumpla 21 años.

También prevé que el hijo pueda percibir directamente una suma destinada a sus gastos cotidianos, de acuerdo con las condiciones previstas por la norma.

Para la extensión hasta los 25 años, el artículo 663 habilita el reclamo del propio hijo o del progenitor conviviente, siempre que se acrediten los requisitos vinculados con la continuidad de los estudios y la imposibilidad de mantenerse de forma independiente.